2. Tener demasiado
© 2024 Ingrid Robeyns, CC BY-NC-ND 4.0 https://doi.org/10.11647/OBP.0354.02
1. Introducción
Independientemente de la postura que tomen las teorías contemporáneas de la justicia distributiva, éstas siempre especifican una métrica de la justicia y una regla distributiva.1 La métrica se refiere al bien X cuya distribución es importante en lo que respecta a la justicia. Entre las métricas más influyentes se encuentran el bienestar, los recursos, los bienes primarios y las capacidades. La regla distributiva especifica cómo debe distribuirse X; algunos ejemplos característicos son los principios de prioridad, de suficiencia, de igualdad de resultados, de igualdad de oportunidades y el principio de diferencia de Rawls.
Este capítulo articula y defiende una perspectiva de la justicia distributiva que llamo limitarismo. En pocas palabras, el limitarismo defiende que no es moralmente permisible tener más recursos de los necesarios para florecer plenamente en la vida. El limitarismo entiende tener riquezas como el estado en el que uno tiene más recursos de los que necesita para florecer plenamente en la vida y sostiene que, en dicho caso, uno tiene demasiado, moralmente hablando.2
El limitarismo es sólo una concepción parcial de la justicia distributiva, ya que puede especificarse de tal manera que no se pronuncie con respecto a qué es lo que la justicia distributiva requiere para aquellos que no han florecido plenamente. Podría combinarse, por ejemplo, con una de las muchas versiones del principio de igualdad de oportunidades en lo que refiere a lo que está por debajo del umbral limitarista. La versión del limitarismo que defiendo aquí no es agnóstica en cuanto a lo que ocurre por debajo de la línea de la riqueza; sin embargo, como señalaré en la sección 2, hay varias versiones diferentes del limitarismo, y las diferentes versiones pueden tener diferentes perspectivas sobre lo que la moral requiere por debajo de la línea de la riqueza.
En este capítulo defiendo el limitarismo como una doctrina no ideal. Postergo la cuestión de si el limitarismo puede ser defendido como una teoría ideal para un trabajo futuro. Analizar el limitarismo como una doctrina no ideal requiere que partamos de la distribución de la posesión del ingreso y la riqueza tal y como se da en la realidad, en lugar de preguntarnos cuál sería una distribución justa en un mundo con propiedades idealizadas fuertes, como por ejemplo un mundo en el que no haya riquezas y privilegios heredados, un mundo en el que las necesidades básicas de todos se encuentren satisfechas o en el que nos encontremos en un estado de adquisición original de la propiedad.3
Los científicos sociales y los académicos de las humanidades tienen una larga tradición de teorizar y conducir investigaciones sobre la posición de los más desfavorecidos en la sociedad. En las teorías de la justicia, esto es especialmente patente en el amplio apoyo al suficientarismo.4 En su concepción dominante, el suficientarismo es la perspectiva según la cual la justicia distributiva debería preocuparse por garantizar que nadie caiga por debajo de un umbral mínimo determinado, que puede ser un umbral de pobreza o un umbral de una vida mínimamente decente.5 No debería sorprendernos que los estudios sobre la pobreza y las desventajas sean tan amplios, ya que la mayoría de la gente sostiene que estas condiciones son intrínsecamente malas.
Lo que sí es sorprendente es que, dada la gran cantidad de literatura filosófica que hay sobre la pobreza y la posición de los más desfavorecidos, poca o ninguna teorización contemporánea de la justicia se ha centrado en la cola superior de la distribución del ingreso y la riqueza. Obviamente, hay mucha literatura sobre las teorías de la justicia en relación con la desigualdad en general; es posible que los filósofos políticos asuman que no es necesario destacar la cola superior de la distribución en particular. Aun así, creo que sería útil para los filósofos políticos realizar un análisis normativo de la cola superior de la distribución. Por un lado, esto permitiría que los filósofos tuviesen un mayor impacto en los debates existentes en la sociedad. Por mucho tiempo, diversos reclamos normativos relacionados con los derechos, privilegios y deberes de los ricos han sido planteados en el debate público. En la mayoría de los países hay algún partido político que sostiene que los ricos deben pagar por las crisis económicas, en lugar de los pobres o las clases medias. En los últimos años, varios partidos políticos europeos han propuesto aumentar el tipo impositivo marginal máximo del grupo con mayores ingresos; del mismo modo, el movimiento Occupy en Estados Unidos ha sostenido que el “uno por ciento” debería pagar muchos más impuestos. Algunos ciudadanos también se han quejado de que las medidas de austeridad afectan a los pobres y a las clases medias de forma desproporcionada, en lugar de afectar a los ricos en igual medida. Lo que todos estos reclamos normativos tienen en común es que se centran en la cola superior de la distribución, creando así una distinción entre la clase media y los ricos.6
Curiosamente, en los últimos años varios economistas han desarrollado análisis de la parte superior de la distribución del ingreso y la riqueza. El ejemplo más famoso es El capital en el siglo XXI de Thomas Piketty, al igual que sus investigaciones previas realizadas en colaboración con otros economistas, que generaron parte de los datos que forman la base empírica del libro.7 Estos estudios muestran que, en las décadas posteriores a la Segunda Guerra Mundial, la desigualdad disminuyó; sin embargo, la desigualdad de la riqueza ha vuelto a crecer desde los años 80. Piketty ofrece una teoría de por qué el periodo de posguerra debe considerarse una excepción histórica y no el comienzo de un período en el que la desigualdad disminuiría o se estancaría. Piketty sostiene que este aumento de la desigualdad es indeseable, pero ciertamente no todos los economistas comparten esta opinión. El economista de Harvard Greg Mankiw ha defendido que es moralmente deseable dejar que los ricos sean ricos, alegando que se merecen su riqueza.8 Sin embargo, como el propio Mankiw admite, sólo está haciendo “filosofía política de aficionado”.9 De hecho, pocas de las afirmaciones normativas hechas por economistas sobre la desigualdad y el ascenso de los más ricos están bien defendidas. Pero esto no debe verse necesariamente como una crítica, ya que, en la división intelectual del trabajo, esta tarea recae sobre otros hombros.
En este capítulo, quiero articular una versión particular del limitarismo y ofrecer una justificación. Pero antes de hacerlo, quiero resaltar que hay una variedad de perspectivas limitaristas y una variedad de fundamentos sobre los que pueden ser defendidas. En este sentido, el limitarismo no difiere de las demás doctrinas distributivas, como el suficientarismo, el prioritarismo o el igualitarismo. En la siguiente sección, expondré diversas estrategias potenciales para defender la perspectiva limitarista. Algunas ofrecen razones por las que ser rico es intrínsecamente malo. En cambio, las razones que yo ofrezco consideran que el limitarismo está justificado de forma derivada. El limitarismo como una perspectiva distributiva se justifica en el mundo tal y como es (el mundo no ideal) en tanto que es instrumentalmente necesario para la protección de dos valores intrínsecos: la igualdad política (sección 3) y la satisfacción de necesidades urgentes insatisfechas (sección 4). Después de ofrecer estos dos argumentos a favor del limitarismo, abordo la cuestión de qué noción de riqueza requieren ambos argumentos (sección 5) y discuto si el limitarismo debe considerarse una doctrina moral o política (sección 6). También responderé a dos objeciones: la objeción de la desigualdad de oportunidades y la objeción del incentivo (sección 7). La sección final esboza una agenda para investigaciones futuras sobre el limitarismo.
2. Limitarismo intrínseco versus no intrínseco
En su formulación más general, el limitarismo es una tesis (claim), relativa a la moral distributiva, que sostiene que no es moralmente permisible estar situado por encima de un determinado umbral en la distribución de un bien deseable. El limitarismo puede defenderse en varias dimensiones o ámbitos, y con diferentes modificaciones teóricas. Por ejemplo, el caso de una cuota personal de emisiones que se ha estudiado en la literatura de la ética climática es un ejemplo de una institución limitarista, en la que el bien que se limita es el derecho a emitir gases de efecto invernadero. Breena Holland ha propuesto que se incorporen “techos de capacidades” en la regulación medioambiental:
[Los techos de capacidades son] limitaciones a la posibilidad de perseguir ciertas acciones individuales que son justificables cuando dichas acciones pueden conducir o contribuir significativamente al efecto de socavar el umbral mínimo de provisión y protección de las capacidades de otra persona.10
Por ejemplo, si tener acceso a agua de alta calidad y no vivir en un entorno con agua gravemente contaminada son umbrales de capacidades, entonces la extracción de gas mediante fracking o fracturación hidráulica podría no estar permitida en caso de que el fracking pudiera contaminar los hidroecosistemas locales. Los argumentos normativos a favor de ciertos límites también podrían darse en otros ámbitos de la vida. Por ejemplo, se podría discutir el limitarismo en el contexto del tamaño de la población mundial y argumentar que, debido a las preocupaciones ambientales, debería haber un límite moral de un niño por adulto.11
En este capítulo, la atención se centra en el limitarismo de los recursos financieros. El limitarismo es entonces la perspectiva de que no es moralmente permisible ser rico. Dado que nuestra “métrica” es una métrica monetaria, podemos reformular la tesis limitarista. Llámese dinero excedente a la diferencia entre los medios financieros de un individuo rico y el umbral que distingue a los ricos de los no ricos. Por definición, sólo los ricos tienen dinero excedente. El limitarismo puede entonces replantearse como la tesis de que es moralmente malo tener dinero excedente.
¿Cómo se puede justificar el limitarismo? Esto dependerá de si pretendemos defender que el limitarismo tiene un valor intrínseco o un valor instrumental, una distinción que también se aplica al igualitarismo.12 El limitarismo intrínseco es la perspectiva de que ser rico es intrínsecamente malo, mientras que, según el limitarismo no intrínseco, las riquezas son moralmente no permisibles por una razón referente a algún otro valor.
En este capítulo sólo me ocuparé del limitarismo no intrínseco y me mantendré agnóstica sobre la cuestión de si el limitarismo intrínseco es una postura plausible. Para examinar la plausibilidad del limitarismo intrínseco, se podría desarrollar un argumento paternalista, según el cual la riqueza es objetivamente una carga para los ricos y sus hijos, lo que los lleva a sufrir en las dimensiones no materiales de una vida floreciente. Puede que haya evidencia de ello, pero en este capítulo no investigaré más esta estrategia argumentativa.13 Otras estrategias argumentativas a favor del limitarismo intrínseco pueden buscarse en la ética de la virtud. En la historia de la ética se pueden encontrar varios argumentos contra la acumulación de la riqueza basados en la ética de la virtud y las teorías perfeccionistas, y han sido muy importantes, por ejemplo, en las enseñanzas de Aristóteles y Tomás de Aquino.
En este capítulo, sólo quiero señalar la posibilidad de defender el limitarismo intrínseco y me mantendré agnóstica sobre su plausibilidad y sobre la solidez de cualquiera de sus justificaciones. En su lugar, me limito a desarrollar dos razones a favor del limitarismo no intrínseco. La primera, que discutiré en la siguiente sección, es el argumento democrático a favor del limitarismo, que se centra en la afirmación de que la riqueza socava el ideal de igualdad política. La sección 4 presentará y analizará otro argumento a favor del limitarismo: el argumento de las necesidades urgentes insatisfechas.
La distinción entre el limitarismo intrínseco y el no intrínseco es importante, ya que las dos perspectivas ofrecen respuestas diferentes a la pregunta: “¿qué tiene de malo el que algunas personas sean ricas en un mundo ideal, si es que tiene algo de malo?” El limitarismo no intrínseco probablemente responderá que en esa situación ideal, en la que todos los valores intrínsecos importantes están asegurados, la riqueza no es moralmente objetable. El limitarismo no intrínseco se limitará a afirmar que las riquezas son moralmente objetables en un mundo en el que ciertos valores intrínsecamente importantes no están asegurados y donde el limitarismo es instrumentalmente valioso para asegurar esos fines últimos. Por el contrario, el limitarismo intrínseco responderá afirmativamente a la pregunta. Sin embargo, como he mencionado antes, en este capítulo soy agnóstica sobre si el limitarismo intrínseco es una perspectiva plausible. Mis objetivos aquí se limitan a un análisis y defensa del limitarismo no intrínseco.
3. El argumento democrático a favor del limitarismo
La primera justificación de la doctrina limitarista se encuentra en la filosofía política y la ciencia política, donde existe una larga historia de argumentos que sostienen que las grandes desigualdades de ingresos y riqueza socavan el valor de la democracia y el ideal de igualdad política en particular.14 Los ricos son capaces de traducir su poder financiero en poder político a través de diversos mecanismos. En su artículo “Money in Politics”, Thomas Christiano analiza cuatro tipos de mecanismos por los que el gasto de dinero puede influir en diversos aspectos de los sistemas políticos.15 Christiano muestra cómo los ricos no sólo son más capaces de gastar dinero en estos diversos mecanismos que traducen el dinero en poder político, sino que también son más propensos a hacerlo. Esto se debe a la utilidad marginal decreciente del dinero. Los pobres necesitan cada centavo para gastar en comida o en servicios básicos y, por lo tanto, para ellos gastar 100 dólares o 100 libras en adquirir influencia política supondría una grave pérdida de utilidad. En cambio, cuando la clase media-alta y los ricos gastan la misma cantidad, sufren una caída de utilidad mucho menor, es decir, el costo de utilidad que pagan por el mismo gasto es mucho menor.
El argumento democrático a favor del limitarismo puede derivarse fácilmente de los mecanismos que Christiano esboza: dado que los ricos tienen dinero excedente, son muy capaces y aparentemente muy propensos a utilizar ese dinero para adquirir influencia y poder políticos. En la concepción de “riqueza” que desarrollaré en la sección 5, los ricos no tienen prácticamente nada que perder si gastan su dinero excedente, que es el dinero que va más allá de lo que uno necesita para florecer plenamente en la vida. El efecto sobre el bienestar, entendido en términos de un determinado conjunto de funcionamientos valiosos, es más o menos nulo. Puede haber alguna pérdida de bienestar psicológico, como una pérdida de estatus si uno gasta una fortuna en la política en lugar de en el último Lamborghini, o puede haber una pérdida puramente subjetiva si a uno no le gusta presenciar una disminución de su fortuna financiera, pero no habrá ninguna pérdida según la concepción de bienestar que se presenta más adelante. En otras palabras, los argumentos que Christiano desarrolla para quienes tienen algo de dinero disponible para gastar aplicarán a fortiori a los ricos, según se les define en la sección 5.
Los cuatro mecanismos que convierten el dinero en poder político son la compra de votos, el control de acceso (gatekeeping), la influencia de opiniones y la operación del dinero como poder político independiente.
En primer lugar, los ricos pueden financiar a partidos políticos y a individuos. En muchos sistemas donde las campañas políticas son financiadas por privados, quienes donan mucho reciben un trato especial o un mayor apoyo a sus causas. Las donaciones suelen ir acompañadas de la expectativa de que, si el financiador algún día necesita la ayuda del político, la obtendrá. Esta sabiduría de sentido común se refleja en dichos como “el que paga, manda”. Recibir dinero hace que las personas, incluidos los políticos, estén en deuda con el donante y sean propensos a intentar complacerle, hacerle un favor, difundir sus opiniones o, como mínimo, censurar sus propias opiniones para no molestar al donante. En la arena política, esto socava la igualdad política. Pero, como señala Christiano, también hay otros valores democráticos en juego. Cuando el dinero puede utilizarse para comprar votos, los que financiaron al político electo verán protegidos sus intereses en las políticas que se apliquen, pero una gran parte de los costos de esas políticas recaerán sobre el conjunto de la sociedad. Los compradores de votos están, en cierto sentido, aprovechándose (free-riding) del gasto de la sociedad en su conjunto, que carga con una (gran) parte de los costos, para una legislación que favorece los intereses de dichos donantes privados.
El segundo mecanismo para convertir el dinero en influencia o poder político consiste en utilizarlo para establecer la agenda de la toma de decisiones colectiva. Si, como ocurre en las elecciones presidenciales de EE.UU., la capacidad de recaudar fondos es un factor determinante para saber quién será el próximo candidato, y si las personas de clase media-alta y ricas tienen más probabilidades de ser donantes, entonces los candidatos políticos que representan esos intereses de las clases media-alta y alta tienen muchas más probabilidades de estar en la papeleta electoral en primer lugar. Dado que las personas acomodadas son mucho más propensas a contribuir a la financiación de las campañas, y dado que los donantes eligen dar dinero a personas que comparten sus valores y creencias, los intereses y opiniones de quienes no pueden donar no estarán representados en los debates electorales ni en la papeleta. Christiano argumenta que si parte del valor de la democracia es que trata públicamente a los ciudadanos como iguales, dándoles la misma voz en el proceso de toma de decisiones colectiva, entonces los gastos financieros en política causan una gran desigualdad de oportunidades a la hora de influir en la agenda política.16
Un tercer mecanismo es que el dinero puede utilizarse para influir en las opiniones. Los ricos pueden comprar medios de comunicación, que pueden utilizar para controlar tanto la difusión de la información como los argumentos que se discuten en el debate público. Los medios de comunicación se han convertido en un factor de poder muy importante en las democracias contemporáneas, pero si el acceso a los medios es una mercancía que puede comprarse y venderse al mejor postor, esto proporciona otro mecanismo para que los ricos conviertan el poder financiero en poder político. Los grupos de presión son otro instrumento cada vez más importante para influir en las opiniones. Una vez más, sus servicios son costosos, por lo que los intereses de quienes pueden permitirse contratar a estos grupos estarán mucho mejor representados en la toma de decisiones de políticos y aquellos responsables de la elaboración de políticas públicas.
Aunque los análisis de cómo el dinero puede influir en las opiniones suelen enfocarse principalmente en los medios corporativos y los grupos de presión, también hay formas más sutiles en las que los ricos pueden influir en las opiniones, no necesariamente en cuestiones directas de legislación y políticas públicas, sino también de forma más difusa en la construcción de lo que se percibe como evidencia sólida y conocimiento. Los ricos también pueden usar su poder financiero para cambiar el panorama ideológico y lo que se percibe como “evidencia sólida”, por ejemplo, a través de la investigación y los think tanks, que proporcionan argumentos que apoyan las opiniones de sus financiadores sobre diversas cuestiones sociales, económicas y políticas. Por ejemplo, la investigación histórica de Daniel Stedman Jones ha demostrado cómo el apoyo financiero privado desempeñó un papel crucial en la difusión del pensamiento neoliberal dentro de las universidades y, posteriormente, dentro de la política.17
Por último, en la medida en que los ricos tienen su riqueza concentrada en empresas, pueden socavar objetivos elegidos democráticamente utilizando su poder económico. Esto convierte el poder de los capitalistas en un instrumento para restringir la viabilidad de la elaboración democrática de políticas. Por ejemplo, si los ciudadanos han decidido democráticamente que quieren menos emisiones de gases de efecto invernadero en su país, las grandes empresas pueden amenazar con trasladar su producción contaminante a otros países si el gobierno democráticamente electo impusiere una regulación ecológica más estricta de las emisiones.18
Todos éstos son mecanismos a través de los cuales la riqueza socava la igualdad política de los ciudadanos. Sin embargo, la igualdad política de los ciudadanos es la piedra angular de las sociedades libres y es el principio más básico de nuestras constituciones democráticas. La constitución debería garantizar la igualdad política, pero no protege nuestro derecho a ser ricos. Por lo tanto, tenemos un primer argumento para explicar por qué no debemos ser ricos, a saber, porque socava la igualdad política.
Se podría objetar al argumento democrático a favor del limitarismo de la siguiente manera. La preocupación moral no es tanto que haya desigualdades dentro de una esfera de la vida (por ejemplo, el bienestar económico), sino que la posición que uno tiene en una esfera de la vida pueda utilizarse para adquirir una posición mejor en otra esfera de la vida (por ejemplo, la política, la educación). Por lo tanto, la verdadera preocupación moral no es la desigualdad per se, sino la propagación de la desigualdad de una esfera de la vida a otra.19 Seguramente debería haber soluciones para evitar que el poder financiero se convierta en poder político, más allá de simplemente obligar a los ricos a deshacerse de su dinero excedente. Por ejemplo, se podría intentar reformar la legislación sobre la financiación de las campañas o el Estado podría garantizar radio y televisión públicas para restablecer el equilibrio de opiniones y argumentos en el debate público. Dean Machin ha argumentado que deberíamos dar a los superricos la opción de elegir entre incurrir en un impuesto del 100% sobre su riqueza por encima del nivel que les hace superricos, o perder algunos derechos políticos.20 La idea es que esto impediría a los ricos comprar influencia y poder políticos. Del mismo modo, se podría argumentar que si implementamos una legislación adecuada sobre las campañas y la lucha contra la corrupción, el dinero invertido por los ricos ya no podría afectar significativamente a la política y no habría ninguna razón democrática para hacer que el dinero excedente sea algo indeseable.
Aunque algunas de estas medidas institucionales son seguramente necesarias para una democracia sana, ninguna de las soluciones restablecerá la igualdad política entre los ciudadanos ricos y los no ricos. Esto se debe a que gran parte de la influencia política de los ricos escapa al funcionamiento de las instituciones formales, como la legislación y la regulación. Los ricos podrían renunciar a su derecho al voto, pero si siguen siendo capaces de crear y financiar think tanks que producen investigaciones ideologizadas, o si siguen teniendo acceso privado directo a los funcionarios del gobierno, entonces seguirán teniendo niveles desproporcionados de poder político. Dada la estratificación general de clases en la sociedad, los ricos tienden a conocer a otros ricos de las escuelas y universidades donde recibieron su educación, o de interactuar en clubes donde la membresía sólo es asequible para los ricos. El dinero no sólo se traduce en capital económico y poder político, sino también en capital social. La acumulación de capital social estratificado por clases puede limitarse hasta cierto punto, por ejemplo, prohibiendo la educación privada cara y selectiva, o creando barrios mixtos mediante programas de planificación territorial. Pero esto, en el mejor de los casos, puede limitar la acumulación de capital social según las líneas de afluencia y clase. La mayoría de las razones por las que las personas ricas e influyentes socializan con otras personas ricas e influyentes no pueden ser influenciadas por los responsables de la elaboración de políticas.
La imposición de mecanismos institucionales formales para disminuir el impacto del dinero en la política es, por lo tanto, factible sólo hasta cierto punto. Por lo tanto, las grandes desigualdades de ingresos, y la posesión de dinero excedente en particular, siempre socavarán la igualdad política, incluso en sociedades en las que esos cuatro mecanismos se han debilitado al máximo mediante medidas institucionales. Por lo tanto, si sostenemos que el valor de la democracia y la igualdad política en particular son piedras angulares de las sociedades justas, entonces tenemos una primera razón para respaldar el limitarismo.
4. El argumento de las necesidades urgentes insatisfechas
La segunda justificación de la doctrina limitarista puede denominarse el argumento de las necesidades urgentes insatisfechas. Este argumento es esencialmente de naturaleza consecuencialista y hace que la justificación del limitarismo dependa de tres condiciones empíricas. Estas condiciones, que podemos llamar las circunstancias del limitarismo, son las siguientes:
(a) la condición de pobreza extrema mundial: un mundo en el que hay muchas personas que viven en la pobreza extrema y cuyas vidas podrían mejorar significativamente mediante acciones dirigidas por gobiernos que requieren recursos financieros;
(b) la condición de desventajas locales o globales: un mundo en el que muchas personas no florecen y sufren privaciones significativas en algunas dimensiones y cuyas vidas podrían mejorar significativamente con acciones dirigidas por gobiernos que requieren recursos financieros;
(c) la condición de problemas urgentes de acción colectiva: un mundo que se enfrenta a problemas (globales) urgentes de acción colectiva que podrían (en parte) ser abordados por acciones dirigidas por gobiernos que requieren recursos financieros.
El argumento de las necesidades urgentes insatisfechas depende de estas condiciones: si no se cumple ninguna de ellas, el argumento deja de ser válido. Al menos una de estas tres condiciones debe cumplirse para que el argumento sea válido. Sin embargo, en el mundo como lo conocemos, se cumplen las tres.21 En primer lugar, la condición de la pobreza extrema mundial se cumple claramente. Miles de millones de personas en todo el mundo viven en la pobreza (extrema) y, aunque no todas las soluciones que implican costos financieros o redistribución financiera son eficaces para su erradicación, muchas, si no es que todas, las intervenciones eficaces para reducir la pobreza requieren recursos financieros.22 Incluso cambios institucionales, como la creación de una burocracia públicamente fiscalizable o el establecimiento del Estado de Derecho, requieren recursos financieros.
La segunda condición también se cumple. Incluso las personas que no son extremadamente pobres en términos materiales pueden sufrir privaciones o desventajas en muchos otros aspectos. En todos los países postindustrializados, hay ciudadanos sin hogar o excluidos socialmente hasta el punto de que no pueden participar plenamente en la sociedad; los niños con necesidades educativas especiales no siempre reciben una educación que los rete y que les permita desarrollarse adecuadamente; un número sorprendentemente grande de personas son analfabetas funcionales, y un número preocupantemente grande de adultos y niños tienen problemas de salud mental para los que no reciben la ayuda adecuada.23
La tercera condición también se cumple, ya que existen numerosos problemas de acción colectiva que requieren la atención de los gobiernos u otros actores de cambio. Como han documentado veinte años de Informes sobre Desarrollo Humano, muchos grandes problemas colectivos a los que se enfrenta el mundo podrían abordarse eficazmente si los gobiernos dedicaran la suficiente atención y recursos a estas cuestiones. Abordar el cambio climático y el deterioro de los ecosistemas de la Tierra es sin duda el problema actual más urgente, el cual podría mitigarse en parte con una inversión masiva en innovación tecnológica verde. Otras cuestiones podrían abordarse, por ejemplo, ofreciendo mayores oportunidades educativas a las niñas, servicios de salud reproductiva en zonas donde hay una gran necesidad insatisfecha de anticonceptivos, programas de reforestación a gran escala, etc. Todo esto requiere recursos financieros.24
Si se da alguna de estas tres circunstancias, ciertas necesidades tendrán una mayor urgencia moral que los deseos que podrían ser satisfechos con los ingresos y la riqueza que poseen los ricos. Recordemos que el dinero que poseen los ricos y que supera la línea de riqueza es su dinero excedente. El argumento de las necesidades urgentes insatisfechas sostiene que, dado que el dinero excedente no contribuye al florecimiento de las personas, tiene un peso moral nulo y sería irrazonable rechazar el principio de que deberíamos utilizar ese dinero para satisfacer esas necesidades urgentes insatisfechas. El principio limitarista se apoya, pues, en una versión modificada del Principio de Auxilio de Thomas Scanlon, que afirma que si a uno “se le presenta una situación en la que puede impedir que ocurra algo muy malo, o en la que puede aliviar la penosa situación de alguien, haciendo sólo un pequeño (o incluso moderado) sacrificio, entonces sería incorrecto que no lo hiciese”.25 Scanlon también señala la famosa defensa de Peter Singer de una versión del Principio de Auxilio en su influyente artículo “Famine, Morality and Affluence”.26
El principio limitarista que defiendo aquí se asemeja a los principios de Singer y Scanlon. Sin embargo, hay al menos dos diferencias significativas. En primer lugar, el limitarismo es menos exigente que los principios de Singer y Scanlon, ya que sólo toma postura con respecto a los deberes morales relacionados con el dinero excedente. No postula ningún deber con respecto al dinero que usaríamos para florecer, pero que no necesitamos para escapar de la pobreza, como, por ejemplo, el dinero que gastamos en aprender a tocar el piano o en unas vacaciones en el extranjero. Según una interpretación muy extendida de la perspectiva de Singer, no deberíamos gastar ese dinero en tocar el piano o en unas vacaciones, sino que deberíamos enviarlo a Oxfam. Como muchos han señalado, un principio tan radical es excesivamente exigente.27 El limitarismo, por el contrario, no necesita adoptar una postura con respecto a nuestros deberes relacionados con el dinero que poseemos y que no es dinero excedente, y por lo tanto puede formar parte de una teoría comprehensiva de la justicia o la moral que puede evitar ser sobrexigente. Por ejemplo, mientras que el limitarismo sostiene que el 100% del dinero excedente debe redistribuirse y reasignarse para satisfacer los tres conjuntos de necesidades urgentes insatisfechas, esta afirmación podría formar parte de una perspectiva más comprehensiva de la justicia en la que los ingresos entre la línea de pobreza y el umbral de riqueza se gravarían en porcentajes muy inferiores al 100%, y esos ingresos fiscales deberían redistribuirse entre las necesidades urgentes insatisfechas mencionadas anteriormente.
La segunda diferencia con respecto a los principios de Singer y Scanlon es que el argumento de las necesidades urgentes insatisfechas amplía la categoría de las necesidades que hay que atender. Scanlon se refiere a situaciones en las que “vidas se ven inmediatamente amenazadas” o a las personas que “padecen un gran dolor, o viven en condiciones de mera subsistencia”. Singer también se centra en los más desfavorecidos a nivel mundial, aquellos cuyas muertes por hambruna e indigencia podrían evitarse. Aunque no niego que las necesidades básicas de estas personas deban satisfacerse, no puedo afirmar que la vida de un indigente que vive en las calles de Moscú o Chicago, con un gran riesgo de morir congelado, o las vidas de pacientes psiquiátricos que sufren ataques de ansiedad y conductas autolesivas, sean menos urgentes de abordar.
Obsérvese que el argumento de las necesidades urgentes insatisfechas no niega que sea posible que las personas sigan queriendo su dinero excedente, por ejemplo, para gastarlo en estilos de vida lujosos, o simplemente para acumularlo. Sin embargo, la concepción de florecimiento es una concepción objetiva del bienestar; no hay que confundir el florecimiento con una concepción del bienestar basada en el deseo y su satisfacción. Este tipo de concepciones subjetivas del bienestar pueden ser plausibles y defendibles para algunos propósitos, pero no si necesitamos una noción de bienestar relevante para las políticas, como es el caso de las discusiones sobre la justicia distributiva.
Obsérvese también que el argumento de las necesidades urgentes insatisfechas no considera la riqueza como un estado social intrínsecamente malo, ni a los ricos como personas no virtuosas. Más bien, el argumento de las necesidades urgentes insatisfechas se basa en la premisa de que el valor de los ingresos excedentes es moralmente insignificante para el titular de esos ingresos, pero no para la sociedad en general, al menos bajo ciertos usos alternativos.
Una fortaleza de este argumento consecuencialista a favor del limitarismo es que es muy adecuado para el mundo no ideal, en el que a menudo no tenemos información sobre los orígenes de los excedentes de ingresos de las personas y sobre su conjunto de oportunidades iniciales. De manera más precisa, no necesitamos saber si el excedente de ingresos de alguien procede de una innovación astuta en un mercado en el que había una enorme demanda de un bien innovador concreto, si es dinero blanqueado procedente de actividades semicriminales, si procede de formar parte de un cártel de directivos de alto nivel que se otorgan entre sí unos ingresos excesivamente altos, o si es la herencia acumulada de cuatro abuelos frugales. Si uno tiene tanto dinero que tiene más de lo necesario para florecer plenamente en la vida, entonces uno tiene demasiado, y ese dinero debería redistribuirse para mejorar una de las tres condiciones que componen las circunstancias del limitarismo.
5. Una concepción de la riqueza
En las dos secciones anteriores, he ofrecido dos argumentos en defensa del limitarismo. Sin embargo, estos argumentos permanecerán ambiguos y elusivos si primero no definimos los umbrales relevantes. En otras palabras, necesitamos saber quién cuenta como rico y quién no. Tal definición de la riqueza es necesaria ya que, de lo contrario, el limitarismo sufrirá la misma ambigüedad que rodea al suficientarismo—la perspectiva de que todo el mundo debería tener recursos o bienestar por encima de un determinado umbral—. Como dice Paula Casal, “el suficientarismo mantiene su plausibilidad porque permanece vago respecto de cuál es el umbral crítico”.28 Es difícil saber si el limitarismo es una perspectiva plausible si no sabemos cuál es el umbral crítico por encima del cual se juzga que una persona tiene demasiado.
Con esto en mente, en esta sección ofreceré una conceptualización de la noción de “riqueza”. Esto nos permitirá identificar a los ricos. La conceptualización deberá cumplir tres criterios. En primer lugar, el propósito de la conceptualización es que cumpla una función en las afirmaciones normativas de justicia. En segundo lugar, dado el carácter no ideal de este proyecto, la conceptualización tiene que ser operativa: con acceso a los datos pertinentes, los economistas y los científicos sociales deberían ser capaces de estimar la cantidad de riqueza dentro de una determinada población y de identificar a las personas ricas. En tercer lugar, la conceptualización no debería ser una concepción que considere todos los factores que abarque todo lo que importa cuando consideramos la calidad de vida de las personas. Una persona puede ser rica pero infeliz; una conceptualización adecuada de la riqueza no debería agrupar todos estos factores. Ser rico no es lo único que importa en la vida; de hecho, es posible que sea algo que no importa mucho. Sin embargo, en cuestiones de justicia distributiva, podemos tener buenas razones para querer captar qué es la riqueza y sólo la riqueza, reconociendo a su vez que para algunas otras cuestiones esto no debería ser el único enfoque investigativo . Después de desarrollar una conceptualización de la riqueza, analizo y respondo a dos objeciones en contra de esta concepción.
5.1. ¿La “riqueza” es una noción absoluta o relativa?
Dado que la pobreza y la riqueza son colas opuestas de la misma distribución, la literatura sobre la conceptualización de la pobreza proporciona un buen punto de partida para pensar en cómo conceptualizar la riqueza.29 Si queremos identificar a los pobres, tenemos que definir una línea, que es un determinado punto de corte en la métrica que consideramos relevante (por ejemplo, el dinero): cualquiera que se sitúe por debajo de ese punto de corte se califica de pobre. Para identificar a los ricos, tenemos que definir una línea de riqueza, un punto de corte en la métrica tal que todos los que se sitúen por encima de dicha línea califiquen de ricos. A primera vista, pues, la conceptualización de la riqueza es simétrica a la de la pobreza. De la literatura sobre la pobreza se desprenden tres cuestiones relevantes para la conceptualización de la riqueza: en primer lugar, la cuestión de las mediciones de pobreza relativas frente a las de pobreza absoluta; en segundo lugar, la cuestión de la métrica de comparación relevante; en tercer lugar, la cuestión del alcance de la comparación. Abordaremos la cuestión de la métrica de comparación más adelante. Primero trataremos la cuestión de las mediciones relativas frente a las absolutas y el alcance de estas comparaciones.
Una medición de la pobreza relativa define la pobreza únicamente en términos de la distancia a la media de la distribución. Por ejemplo, en la Unión Europea, la pobreza se define como el hecho de vivir a un nivel igual o inferior al 60% de la renta media del país en el que se vive. Una línea de pobreza absoluta define la pobreza en términos de los recursos necesarios para satisfacer algunas necesidades básicas, como una alimentación adecuada, una vivienda, etc.
En la literatura empírica, se suele reconocer que ninguna línea de pobreza es claramente superior al resto y que cada conceptualización de la pobreza se enfrenta a algunos desafíos.30 Estadísticos y elaboradores de políticas en Europa, América del Norte y Australia están a favor de las mediciones relativas en lo que respecta a los ingresos. Sin embargo, hay al menos dos problemas con las mediciones relativas desde un punto de vista conceptual.31 El primero es que las mediciones relativas mezclan “la pobreza” con “los más desfavorecidos”, independientemente de lo bien o mal que estén esos más desfavorecidos. Por lo tanto, una medición relativa se entiende mejor como un híbrido de una medición de la pobreza y una medición de la desigualdad. En segundo lugar, en el caso de las mediciones relativas, siempre habrá pobres y, por lo tanto, nunca se podrá ganar la lucha contra la pobreza, incluso si todo el mundo viviera en una utopía de afluencia. La única excepción sería si se eliminara por completo la desigualdad o si se eliminara por completo la distribución del ingreso por debajo del umbral de pobreza, por ejemplo, introduciendo una renta básica incondicional fijada al nivel de la línea de pobreza.
La segunda lección de la literatura sobre la pobreza está relacionada con el alcance de las comparaciones de la pobreza. Las mediciones de la pobreza suelen aplicarse a zonas geográficas relativamente homogéneas en términos de desarrollo económico o que forman una unidad fiscal. Esto es especialmente cierto para las mediciones de pobreza relativa. Algunas mediciones de pobreza absoluta, especialmente relacionadas con la pobreza en los países en desarrollo, son absolutas y pueden aplicarse a nivel internacional, como el conocido umbral de pobreza de 2 dólares al día. Sin embargo, aparte de la pobreza extrema entendida como tener los meros prerrequisitos para la subsistencia física, el consenso sobre la medición de la pobreza es que ésta debe entenderse en su contexto local, ya que ser pobre en la India equivale a algo diferente de serlo en Inglaterra. Se podría argumentar que, independientemente del contexto, existe una idea abstracta de la pobreza que se comparte en todos los contextos, como la de no tener suficientes recursos materiales para vivir una vida digna. Pero la traducción concreta de esa idea abstracta tendrá que especificarse en función del contexto.
¿Cómo se han utilizado estas intuiciones sobre la naturaleza relativa/absoluta de las mediciones de pobreza y el alcance de las comparaciones en las mediciones de afluencia y riqueza? Los pocos análisis empíricos existentes sobre la riqueza tienden a definir a los ricos en términos relativos. En uno de los pocos estudios empíricos que hay sobre la riqueza, los especialistas británicos en política social Karen Rowlingson y Stephen McKay definen tres categorías de personas ricas: los «ricos» (the rich) son el 10% más acomodado según una medida combinada de ingresos y activos; los “riquísimos” (the richer) son el 1% más alto; mientras que los 1,000 hogares más ricos son el grupo “más rico de todos” (the richest).32
Desde un punto de vista teórico, las mediciones de riqueza relativas parecen arbitrarias y sufren los mismos problemas que las mediciones de pobreza relativas.33 En primer lugar, si la distribución del ingreso se desplaza y la situación material de todo el mundo mejora o empeora, el número de personas ricas sigue siendo el mismo. Supongamos que respaldamos una medición de riqueza relativa que define a los ricos como el 10% superior de la distribución del ingreso y activos. Supongamos ahora que el gobierno sueco descubre un enorme yacimiento de petróleo bajo sus territorios y decide distribuir las ganancias dando a todos los ciudadanos suecos el mismo derecho a los beneficios de la explotación del petróleo. Si la renta anual disponible de todo el mundo aumenta en 20,000 euros, el número de ricos, riquísimos y más ricos de todos en una medición de riqueza relativa seguirá siendo exactamente el mismo, y los miembros de la clase media, que estaban justo por debajo del punto de corte para ser considerados ricos (digamos, quienes estaban en el percentil 89 antes del aumento de la renta real), seguirán siendo considerados de clase media. Según este criterio, eran casi ricos, y aparentemente los 20,000 euros adicionales de renta disponible no suponen una diferencia en si cuentan como ricos o no. La idea de que una medición de la riqueza sea insensible a los cambios en el nivel de ingresos absolutos es sorprendentemente inverosímil. Las mediciones de riqueza relativas pueden ser apropiadas para rastrear la posición de los ingresos de la cola superior de la distribución del ingreso a lo largo del tiempo, o para comparar la posición del x% de personas más ricas en diferentes países, pero las mediciones de riqueza relativas son inadecuadas para dar una respuesta adecuada a las preguntas: “¿Qué implica la riqueza?” o “¿Quién debe contar como rico?”.
En segundo lugar, hay que distinguir entre ser la persona que se encuentra en la mejor posición en términos materiales (una noción comparativa) y ser rico (una noción absoluta). Una persona puede tener una posición excelente, o incluso la mejor, en términos comparativos, pero en términos absolutos puede estar en una situación desesperada. Esto es más evidente en el caso de una situación de vida o muerte. Por ejemplo, imagínese un campo de refugiados peligroso y superpoblado en Darfur. En tal contexto, tener acceso a un objeto básico útil, como un cuchillo o una linterna, es sin duda increíblemente importante y puede ser tremendamente inusual: esta persona posee un bien valioso que la mayoría de las personas del campo de refugiados no tienen y, por lo tanto, esta persona se encuentra en una situación ventajosa comparativamente hablando. Pero poseer algún objeto valioso que la mayoría de las personas de su entorno no poseen no es suficiente para que una persona sea rica. Sería profundamente contraintuitivo decir que un refugiado desnutrido cuya única posesión es un cuchillo debería considerarse rico. En cambio, puede decirse que esa persona está ligeramente menos desprovista o ligeramente mejor equipada en la lucha por la supervivencia.
Los problemas conceptuales de las mediciones de pobreza relativas se reflejan, pues, en las mediciones de riqueza relativas. Sin embargo, de esto no se deduce que las únicas opciones que quedan sean las mediciones de la pobreza y la riqueza absolutas, como la medición de la pobreza de 2 dólares al día, o una métrica de la riqueza que establezca, por ejemplo, que si tu renta familiar disponible es de 100,000 euros o más, cuentas como rico. Hay más opciones de mediciones de riqueza, pero para verlas tenemos que distinguir entre dos tipos de mediciones relativas, a saber, las mediciones relativas con respecto a la distribución y las mediciones relativas con respecto al contexto.
Las mediciones relativas con respecto a la distribución definen la riqueza o la pobreza en función de una determinada distancia a partir de la media de la distribución. Las mediciones relativas con respecto al contexto o contextuales, en cambio, hacen alguna referencia (generalmente más débil) al contexto de la medición en la definición de la línea de riqueza o pobreza, sin que esa referencia sea una función de la propia distribución. La relatividad del contexto es plausible para una concepción de la riqueza, ya que nos permite explicar la naturaleza socialmente constructiva de la riqueza y admitir diferencias en nuestra comprensión de la riqueza a lo largo del tiempo y el espacio. Por ejemplo, en Europa Occidental, poseer un coche nuevo, aunque no lujoso, no lo convierte a uno en rico, pero hay zonas del mundo en las que la posesión de un coche es un indicador clave de afluencia.
Una conceptualización plausible de la riqueza debería evitar la relatividad con respecto a la distribución, es decir, la riqueza no debería definirse como una parte o un porcentaje concreto de la distribución del bienestar o de los recursos materiales, ni como aquellos que viven a una cierta distancia por encima de la media de esa distribución. Más bien, deberíamos ser capaces de describir en términos absolutos lo que tener riqueza implica, aunque esa descripción absoluta sea contextualmente específica, y aquellas personas que cumplan los criterios que implica esta conceptualización serán entonces consideradas ricas.
La elección de una conceptualización absoluta de la riqueza en función del contexto específico proporciona un primer paso hacia una conceptualización de la riqueza. Sin embargo, esto plantea dos preguntas difíciles de responder: en primer lugar, ¿cuál es la métrica con la que conceptualizamos la riqueza?, y, en segundo, ¿dónde trazamos la línea de la riqueza, el punto de corte en la métrica por encima del cual una persona se calificará de rica y, por lo tanto, según la doctrina limitarista, de tener demasiado?
5.2. El poder de los recursos materiales
La riqueza se entiende intuitivamente y según el sentido común como el estado en el que uno tiene más recursos de los necesarios para florecer plenamente en la vida. Sin embargo, para desarrollar una norma distributiva, es necesario ampliar y especificar este concepto. Más concretamente, necesitamos articular la relación entre los recursos y el florecimiento humano. Parece bastante obvio que no queremos desarrollar una métrica de bienestar subjetivo para la conceptualización de las riquezas (como la felicidad o la satisfacción de las preferencias, o los juicios autopercibidos de afluencia). Una medida subjetiva, como el grado de satisfacción de una persona, o qué tan acomodada se considera una persona a sí misma, puede ser interesante para otros fines, pero no reflejará lo que realmente son la afluencia y la riqueza. Una medida subjetiva chocaría con nuestra noción de sentido común de que la afluencia no se refiere a un estado mental, ni a la felicidad o la satisfacción, sino a las posesiones materiales que poseen las personas o al aspecto material de su calidad de vida. Además, las medidas de bienestar subjetivo son problemáticas debido al problema generalizado de la adaptación. Los problemas de adaptación no sólo se dan en el caso de las personas desfavorecidas u oprimidas que se adaptan a circunstancias adversas; las personas ricas también se adaptan a su nivel actual de bienestar y, por tanto, adaptan sus niveles de satisfacción y sus aspiraciones de forma ascendente. Una persona rica que vive entre otros ricos puede no sentirse rica en absoluto, y una persona rica que vive entre hiperricos puede incluso creer firmemente que no es rica, ya que otros a su alrededor tienen incluso más que ella. Sobre todo en los países con un alto nivel de segregación de clases, esto puede dar lugar a distorsiones significativas en la evaluación que hacen las personas de su nivel de afluencia. Por lo tanto, debemos alejarnos de los juicios subjetivos sobre el estatus de afluencia y, en su lugar, desarrollar una concepción de la afluencia y la riqueza que sea objetiva y conceptualice la relación entre las posesiones materiales y el florecimiento o el bienestar.34
En el lenguaje cotidiano, la métrica común de la afluencia son los recursos materiales que las personas tienen a su disposición, tanto los flujos como las reservas de recursos materiales. En sus estimaciones empíricas, Rowlingson y McKay utilizan una combinación de flujos de ingresos y una estimación de activos como su métrica para determinar quiénes cuentan como ricos, riquísimos y los más ricos de todos. Muchos otros indicadores populares de riqueza también se centran en la cantidad de dinero que la gente tiene en su poder (por ejemplo, se habla de “multimillonarios”) o en los lujosos bienes materiales que la gente ha comprado con ese dinero, como coches caros, casas grandes, ropa de diseño, etc. A primera vista, parece que hay motivos para conceptualizar la afluencia y la riqueza en términos de una métrica que se centre en el aspecto material de la calidad de vida, ya sea en los medios que uno tiene a su disposición (ingresos, bienes de consumo duradero, activos) o en el estilo de vida material que uno puede permitirse disfrutar.
Sin embargo, algunos de los argumentos que se han formulado desde el enfoque de las capacidades sobre la conceptualización de la pobreza también pueden tener cierta fuerza en la conceptualización de la afluencia. Por ejemplo, si tengo muchas necesidades debido a una discapacidad física o a problemas de salud mental generalizados, la cantidad de dinero que haría rica a una persona sin discapacidad puede que no me haga rica, ya que es posible que tenga que gastar mucho dinero en mis necesidades médicas antes de poder contemplar la posibilidad de gastarlo en artículos de lujo. El conocido argumento del enfoque de las capacidades, que favorece centrarse en lo que las personas pueden hacer con sus recursos en lugar de en los recursos mismos, aplica.35
Sin embargo, tomar en cuenta estos factores puede llevarnos a una situación complicada a la hora de conceptualizar la afluencia, ya que puede que no queramos tomar en cuenta todas las diferencias individuales entre las personas. Algunas de estas diferencias pueden ser necesidades, como en el caso de una persona con alguna discapacidad, pero otras pueden ser simplemente “gustos caros”, que puede que no queramos tomar en cuenta a la hora de decidir quién es acomodado y quién no.36 Por ejemplo, una persona semiparapléjica que se compra una silla de ruedas eléctrica adquiere un bien caro que necesita para garantizar algunos funcionamientos básicos, a saber, adquirir la misma movilidad que tienen las personas sin discapacidades para caminar, ir en bicicleta o utilizar el transporte público. Sin embargo, una persona sin discapacidades que vive en una ciudad con un excelente transporte público y una excelente infraestructura para bicicletas, que compra un scooter de lujo sólo por diversión o porque es un poco perezosa, está comprando un artículo de lujo. Ambas son mercancías similares y pueden tener un precio parecido, pero desde un punto de vista normativo la segunda compra debería contar como un artículo de lujo, mientras que sería profundamente contraintuitivo decir que esa compra cuenta como un artículo de lujo para la persona con discapacidad, ya que simplemente es necesaria para garantizar algún funcionamiento básico. El reto de distinguir las “necesidades” de los “gustos caros” es un problema general para el enfoque de las capacidades. Además, indica el precio teórico que tenemos que pagar por respaldar la idea central del enfoque de las capacidades: que lo que importa no son los recursos que tienen las personas, sino lo que esos recursos pueden hacer por ellas.
Adoptando estas ideas del debate sobre la métrica de la justicia, quiero proponer una métrica de la afluencia que capture estas tres ideas: primero, debería capturar nuestra comprensión de sentido común de los términos “rico” y “afluencia” como referentes a las posesiones materiales de las personas; segundo, debería incorporar la idea central del enfoque de las capacidades, a saber, que cuando consideramos el nivel de vida de las personas no estamos interesados en los recursos en sí mismos, sino en lo que esos recursos permiten a las personas hacer y ser; tercero, debería capturar las preocupaciones relacionadas con la distinción entre necesidad y deseo que se ha debatido ampliamente en la literatura sobre las teorías de la justicia distributiva.
Denomino a la métrica de afluencia propuesta el poder de los recursos materiales (PMR, por sus siglas en inglés). El PMR es una métrica del ingreso que realiza una serie de modificaciones en nuestro nivel de ingresos para que la métrica del ingreso modificado refleje adecuadamente el poder que tenemos para convertir ese ingreso en calidad de vida material. El PMR se construirá de tal manera que capte del mejor modo posible la conceptualización del aspecto material de la calidad de vida y, por lo tanto, pueda utilizarse como métrica de la afluencia.37
PMR = (YG+YK+ A−EXP−T−G)*ES*CF
- El PMR parte del ingreso total bruto de un hogar (YG). Es decir, agregamos los ingresos procedentes de todas las fuentes, ya sea del trabajo, los beneficios, los derechos (como las prestaciones por hijos), las transferencias o los rendimientos del capital financiero o de inversiones. En consonancia con todas las mediciones empíricas de la pobreza y la desigualdad, suponemos que los ingresos y los activos dentro del hogar son compartidos.
- Añadimos a YG una estimación monetaria de cualquier ingreso o transferencia en especie (YK). Por ejemplo, si una persona mayor vive en una residencia de ancianos que paga su hijo adulto, entonces el costo de vivir en una residencia de ancianos se añadirá a la renta estimada de esa persona mayor (y se restará como donación (G) del PMR del hijo adulto). Del mismo modo, si una empresa de diamantes decide regalar a sus empleados diamantes como bonificación o regalo de Navidad, entonces el valor de mercado de esos diamantes se sumará a los ingresos de esas personas.
- Añadimos una estimación de la anualidad vitalicia (A) de los activos de un hogar. Es decir, estimamos lo que valdrían los activos de un hogar si se vendieran como una anualidad vitalicia, es decir, si el activo se convirtiera en un pago anual durante el resto de la vida del propietario. Estos activos incluyen no sólo los bienes inmuebles y los ahorros financieros, sino también las acciones, las participaciones y la propiedad de empresas.
- Si una persona corre con gastos razonables para realizar actividades generadoras de ingresos, éstos también se deducen del ingreso bruto. Por ejemplo, deben incluirse los gastos netos (EXP) en el cuidado de los niños y otras formas de cuidado familiar, pero también los gastos de desplazamiento o de mejora del propio capital humano.38 Obviamente, esta noción de “gastos razonables” es vaga e inevitablemente habrá una zona gris en la que no estemos seguros y/o no estemos de acuerdo sobre dónde trazar la línea entre los gastos razonables y los no razonables. Pero la presencia de una zona gris no debería impedirnos deducir al menos aquellos gastos en los que existe un amplio consenso de que son inevitables o de otro modo razonables y necesarios para la generación de ingresos.
- A continuación, deducimos los impuestos que la persona ha pagado sobre la renta y la anualidad (T) y también deducimos las transferencias de dinero o las donaciones (G) que haya hecho el hogar. No todas las donaciones pueden deducirse del ingreso para definir el PMR de una persona; esto se aplica sólo a aquellas donaciones que representan un aumento neto del PMR de otra persona. Las donaciones a causas que no afectan el PMR de alguien, como las contribuciones a campañas políticas o el apoyo financiero a las artes y las ciencias, no deben tomarse en cuenta, ya que estas donaciones dan al donante el poder de decidir en qué causas se gasta más o menos dinero.
- Llegados a este punto, debemos considerar el argumento del enfoque de las capacidades de que lo que importa intrínsecamente no es el ingreso, sino lo que los recursos permiten hacer y ser a las personas. Los ingresos son, en el mejor de los casos, un reflejo de lo que importa; en otras palabras, los ingresos pueden importar por razones instrumentales o de diagnóstico. Además, las personas son diversas y las medidas de ingresos no pueden dar cuenta suficientemente de esta diversidad: las personas necesitan diferentes cantidades de ingresos para satisfacer el mismo conjunto de capacidades básicas. Estas ideas se han desarrollado en detalle en la literatura sobre la pobreza, tanto en la teoría como en las mediciones empíricas.39 ¿Cómo se traslada esta idea a la cola superior de la distribución? Si una persona tiene características personales que hacen que tenga una menor habilidad para convertir los ingresos en funcionamientos valiosos (o que le permitan evitar los funcionamientos negativos40), entonces hay que aplicar este factor de conversión (CF) a sus ingresos brutos. Si una persona es perfectamente capaz de convertir sus ingresos en un funcionamiento valioso, entonces el CF = 1 y no es necesaria ninguna corrección. Si una persona está gravemente discapacitada o tiene otras características de las que no se le puede responsabilizar y que hacen que necesite muchos más recursos que otras personas para alcanzar el mismo nivel de funcionamientos valiosos, entonces el CF 1.41 Cuanto menor sea el valor de CF, menor será la capacidad de una persona para convertir su ingreso en funcionamientos valiosos o, dicho de otro modo, más dinero necesitará esa persona para alcanzar un determinado nivel de funcionamientos valiosos.
- Por último, aplicamos escalas de equivalencia de los hogares (ES) para tomar en cuenta el número de personas dentro de un hogar. En la medición de la pobreza y la desigualdad, los ingresos suelen modificarse para tener en cuenta la agrupación y el reparto de los ingresos dentro de los hogares, así como el tamaño y la composición de los mismos.42 Para ello, los economistas han desarrollado “escalas de equivalencia de los hogares”, que es un factor que permite redimensionar los ingresos de un hogar a lo que esos ingresos significan para cada persona que vive en ese hogar. En lugar de dividir los ingresos de un hogar entre el número de personas que viven en él, se asume que hay un cierto consumo conjunto de bienes: por ejemplo, una persona que vive sola necesita un refrigerador, pero cuatro personas que comparten un hogar pueden compartir uno. Por lo tanto, la relevancia normativa de la adaptación de las escalas de equivalencia de los hogares es que respaldamos la perspectiva de que el nivel de vida material es importante y que, para alcanzar el mismo nivel de vida material, dos personas solteras que viven solas necesitan más dinero que una pareja que vive junta.43
La aplicación de escalas de equivalencia para definir el PMR implica que estamos asumiendo que los ingresos del hogar y las ganancias de los activos se comparten dentro del hogar.44 La razón por la que aplicamos escalas de equivalencia de hogares a nuestra medida de ingresos es porque queremos comparar hogares de diferentes tamaños y composiciones. Sin embargo, el uso de escalas de equivalencia de los hogares es una decisión normativa, ya que implica que, con el propósito de decidir si alguien cuenta como rico, no conceptualizamos el hecho de tener hijos como equivalente a una elección de consumo45 o como una acción que tiene una externalidad sobre otros.46 A la hora de decidir si un determinado ingreso familiar hace ricos o no a los miembros de ese hogar, hay que tener en cuenta a cada ser humano. Supongamos que una persona sola gana 120,000 libras por su cuenta y no necesita mantener a nadie más. Supongamos que nuestra métrica de la riqueza y la línea de la riqueza son tales que con estos ingresos la persona soltera califica de rica. ¿Cómo debemos compararla con su colega, que también gana 120,000 libras, pero que es una madre y mantiene a su familia de seis miembros en la que ella es la única que genera ingresos? Parece plausible sugerir que la persona soltera es acomodada, mientras que los miembros de la familia de seis personas viven decentemente, pero no son ricos, ya que necesitan dividir las 120,000 libras entre ellos para asegurar su nivel de vida. No obstante, la forma en que el PMR trata a los niños es una cuestión controvertida, como demostrará una de las objeciones que se examinan a continuación.
5.3. La línea de riqueza
Ahora tenemos una métrica de la afluencia, a saber, el “poder de los recursos materiales”. Pero ¿cuál debe ser el PMR de uno para considerarse rico? ¿Dónde debemos situar la línea de corte?
Deberíamos determinar la línea de riqueza por referencia a un determinado conjunto de capacidades a las que las personas deberían tener acceso para florecer plenamente en la vida. En la teoría de las capacidades, se suele distinguir entre un conjunto de capacidades básicas y las capacidades tout-court (es decir, todas las capacidades, que no tienen un techo). Las capacidades básicas son las que uno debería tener para no sufrir privaciones.47 Para identificar a los ricos, hay que proceder de forma similar. Tenemos que dar dos pasos que son a la vez conceptuales y normativos: en primer lugar, debemos identificar el conjunto de capacidades que son relevantes para el nivel de vida, o la vertiente material de la calidad de vida, en lugar de aquellas relevantes para una noción más amplia de calidad de vida que incluya también dimensiones no materiales. En segundo lugar, debemos definir la línea de riqueza, es decir, el punto de corte por encima del cual las personas cuentan como ricas.
Lo primero que requiere esta conceptualización es el establecimiento de una lista de funcionamientos que sean las dimensiones relevantes para un nivel de vida. Por suerte, ya existe una cantidad considerable de literatura sobre esta cuestión, aunque presenta una serie de variantes con leves diferencias. Se pueden seleccionar las capacidades relevantes basándose en una justificación normativa fundamental: por ejemplo, podemos partir de aquellas capacidades que protegen nuestra dignidad humana, que nos permiten ser ciudadanos iguales o que protegen nuestra autonomía.48 También se puede partir de un punto de vista teórico-discursivo o democrático-deliberativo y adoptar una vía procedimental. Esto podría traducirse en la práctica en una mezcla de consultas a expertos, análisis deliberativos y procedimientos teóricos de elección social.49
Suponiendo que se cumplan ciertas condiciones mínimas sobre la naturaleza de la toma de decisiones colectiva, podríamos dejar que un proceso democrático decidiera qué capacidades son importantes para las cuestiones normativas relacionadas con las políticas públicas y la justicia social.50 Sin embargo, si procedemos por la vía deliberativo-democrática para desarrollar el enfoque de las capacidades sobre la afluencia y la riqueza, necesitamos conocer el alcance de las deliberaciones. Recordemos que la pobreza se suele especificar a nivel local o nacional: se evalúa el nivel de vida de un determinado grupo frente al nivel de vida de todas las personas que viven en el área. La pobreza y la riqueza son nociones contextuales: se es pobre o se es rico en función del contexto en el que se vive.
Lo mismo ocurre con los ricos. Si pudiéramos retroceder 300 años en el tiempo, manteniendo nuestro nivel de vida material actual, todos contaríamos como ricos, mientras que sólo unos pocos nos consideraríamos como tales aquí y ahora. Antiguamente, poder comprar especias y, por lo tanto, disfrutar de comidas especiadas era un signo de afluencia, ya que las especias eran muy escasas y, por lo tanto, caras. Hoy en día hay una gran variedad de especias al alcance de todos y a bajo precio. Poder disfrutar de una comida especiada era antes un privilegio de los ricos, pero ya no es así. Por lo tanto, tanto la selección de los funcionamientos detallados, como la decisión de dónde trazar las líneas de pobreza y riqueza, deben ser contextualizadas: deben tomar en cuenta el tiempo y el lugar en el que se realizan los juicios evaluativos de la pobreza y la afluencia.
Sin embargo, la lista de funcionamientos relevantes tendría que ser limitada en un sentido importante: sólo incluiría aquellos funcionamientos que se consideran parte del nivel de vida o del aspecto material de la calidad de vida, en lugar de las nociones más amplias de calidad de vida o bienestar. Una concepción exhaustiva de la calidad de vida también incluiría funcionamientos que no tienen una base material, sino que pertenecen más a las dimensiones política, social o espiritual de la vida. Si necesitamos una concepción de la riqueza para desarrollar una regla distributiva, es importante que limitemos nuestra conceptualización de la calidad de vida a aquellas dimensiones que están directamente relacionadas con el nivel de ingresos de cada uno. Obviamente, esto no significa que las dimensiones no materiales de la calidad de vida, como las oportunidades de participar activamente en la política local, o las capacidades de formar parte de una comunidad religiosa y participar en sus prácticas, sean menos importantes desde el punto de vista moral. Más bien, el razonamiento subyacente es que el concepto de riqueza no debe abarcar todo lo que vale la pena y que debemos tratar de no confundir los diferentes componentes de la calidad de vida. Si mantenemos separadas las dimensiones material y no material de la calidad de vida, podemos admitir la posibilidad de que una persona muy rica pueda sentirse sola e infeliz, pero también que una persona de clase media pueda sentirse increíblemente bendecida por sus amigos y su familia y por toda la alegría y el sentido que deriva de sus paseos regulares por el bosque. Esta última puede sentirse rica, o autodescribirse como tal, pero una doctrina política redistributiva no está justificada en considerarla rica.
El proceso para decidir qué funcionamientos son importantes para la conceptualización del umbral de riqueza requeriría un esbozo cuidadoso de cómo hacer que ese proceso sea lo más legítimo posible y cómo evitar sesgos en ese proceso (por ejemplo, desequilibrios de poder entre los deliberantes). Esto plantea una serie de cuestiones diferentes que se abordan en la literatura sobre la democracia deliberativa y las técnicas participativas.51 Sin embargo, para tener una idea inicial y muy aproximada de lo que cabría esperar de un proceso de este tipo, podríamos fijarnos en la literatura existente sobre la selección de funcionamientos para el nivel de vida en un país de Europa Occidental.52 Esta literatura sugiere que de un proceso participativo de este tipo podría surgir una lista de capacidades como la siguiente: salud física, salud mental, seguridad personal, alojamiento, la calidad del medio ambiente, educación, formación y conocimientos, ocio, tiempo libre y aficiones, y movilidad. Cada uno de estos funcionamientos generales y amplios debería especificarse con más detalle, determinando qué funcionamientos más detallados y específicos implicaría cada uno de los funcionamientos más generales.
Para cada uno de dichos funcionamientos, el proceso deliberativo de toma de decisiones debería especificar la línea de riqueza, respondiendo a la siguiente pregunta: ¿qué niveles de capacidades creemos que es razonable que las personas exijan para tener una vida plenamente floreciente, pero no excesiva? La respuesta a esta pregunta dependerá del contexto, del tiempo y del espacio. Conjeturo que en la Europa o la América del Norte contemporáneas responderíamos a esta pregunta afirmando, por ejemplo, que uno debe tener acceso a los bienes que le permitan desplazarse en un radio de unos cientos de kilómetros; por lo tanto, uno debería poder costearse un coche decente o tener acceso a un transporte público que permita el mismo funcionamiento, pero no sería necesario tener acceso a un jet privado. Ser capaz de volar al otro lado del continente con regularidad no entraría dentro de las capacidades de la vida floreciente pero no rica.
Una vez que hemos enumerado las capacidades a las que deberíamos tener acceso para una vida floreciente pero no rica, podemos calcular cuánto dinero necesitaría una persona típica (con CF = 1) para comprar esos bienes y servicios. Esa cantidad nos da la línea de riqueza (RL), que se expresa en una unidad monetaria. Por ejemplo, si nuestra estimación es que para tener acceso a estos funcionamientos relacionados con una vida plenamente floreciente pero no rica necesitamos 200,000 euros al año, entonces la línea de riqueza se sitúa en 200,000 euros.
Cualquier persona cuyo PMR sea mayor que la línea de riqueza tiene más recursos de los que necesita para una vida plenamente floreciente y, por lo tanto, cuenta como rica. Llamo a esto la concepción de la riqueza del PMR.
Antes de terminar esta discusión sobre la concepción de la riqueza del PMR, quiero hacer dos observaciones. En primer lugar, nótese que esta concepción de la riqueza no deja que cada individuo decida si es rico o no. Por el contrario, creo que estas cuestiones deberían estar abiertas al debate público, por lo que el papel del filósofo es poner propuestas sobre la mesa para dicho debate y proporcionar a los ciudadanos argumentos en defensa de una determinada propuesta. Es esperable que, en comparación con la concepción de la riqueza del PMR, algunas personas que no se consideran ricas puedan ser identificadas como tales. Esto no sería sorprendente si es cierto que las personas que son ricas según la concepción del PMR no siempre son conscientes de lo acomodadas que son.
En segundo lugar, nótese también que hacer una distinción entre una vida acomodada y la vida de los ricos no significa que una persona no rica nunca pueda tener acceso a un funcionamiento que el proceso de deliberación haya decidido que queda fuera del ámbito de la vida plenamente floreciente. Por ejemplo, la conceptualización no implica que los no ricos nunca puedan volar para ir a una fiesta al otro lado del continente; sólo implica que, dado que esa capacidad queda fuera del abanico de capacidades a las que pensamos que uno debería tener acceso para alcanzar una vida floreciente pero no rica, una persona que quiera volar a algún lugar durante el fin de semana tendría que sacrificar algunos recursos que podría, en su vida floreciente, haber gastado en otros bienes y servicios que entran en el ámbito de la calificación de vida no rica.
5.4. Dos objeciones a la concepción de la riqueza del PMR
La objeción de la sostenibilidad ecológica argumenta que la concepción de la riqueza del PMR no nos permite establecer una distinción entre las características cualitativas de los patrones de gasto de las personas: la concepción no toma en cuenta cómo gasta la gente su dinero. Sin embargo, por razones ecológicas, seguramente importa mucho si las personas utilizan su PMR para asistir a clases de yoga, comprar una SUV o volar con regularidad. La concepción de la riqueza del PMR no nos dice nada sobre la huella ecológica de las personas. ¿No es ésa una consideración moral relevante cuando decidimos quién cuenta como rico y quién no? Si dos personas tienen el mismo PMR, pero una la gasta de forma sostenible y la otra no, seguramente habrá que tomarlo en cuenta de alguna manera.
La objeción de la sostenibilidad ecológica presenta un punto normativo válido, pero en última instancia fracasa como objeción a la conceptualización de la riqueza. El punto válido es que, desde un punto de vista moral, importa cómo la gente gasta su dinero. Sin embargo, eso es una cuestión analítica aparte: también podemos respaldar demandas normativas relativas a la sostenibilidad que pongan restricciones adicionales a nuestro comportamiento moralmente aceptable. Por ejemplo, John Broome ha argumentado que tenemos el deber moral de justicia de reducir nuestra huella de carbono a cero.53 Sin embargo, esto es una restricción adicional a cualquier exigencia distributiva que queramos defender. El limitarismo defendido en este capítulo es el limitarismo del dinero; pero esta doctrina podría complementarse con una concepción adicional de “limitarismo de recursos ecológicos”.54 Una persona puede ser rica o no rica, y puede violar o no violar los deberes morales relacionados con las preocupaciones de sostenibilidad ecológica. Tener o no tener demasiado, y dañar o no dañar demasiado el ecosistema, son cuestiones distintas, aunque probablemente haya correlaciones empíricas entre ambas.
La segunda objeción, la objeción de la fertilidad, tiene una estructura parcialmente similar a la de la sostenibilidad ecológica, pero es más profunda. Esta objeción afirma que la conceptualización de la riqueza defendida en este capítulo proporciona incentivos positivos a la fecundidad, ya que quienes tienen más hijos pueden adquirir muchos más ingresos y activos antes de contar como ricos.55 Una versión de la objeción a la fertilidad considera que los incentivos positivos a la fertilidad son algo malo, dadas las preocupaciones por la sobrepoblación y la carga ecológica neta que representa cada vida adicional. Sin embargo, esta versión de la objeción de la fertilidad puede rebatirse del mismo modo que la objeción de la sostenibilidad ecológica: puede que haya límites morales cuantitativos a nuestro comportamiento procreativo, pero esto se conceptualiza de mejor manera como una restricción adicional a cualquier afirmación normativa relacionada con la cola superior de la distribución del PMR. Una familia con seis hijos puede caer justo por debajo de la línea de riqueza y, por lo tanto, no calificar como rica; sin embargo, podemos tener razones independientes sobre por qué es moralmente objetable tener seis hijos, o por qué el gobierno está moralmente justificado para aplicar políticas destinadas a limitar el número de hijos que tenemos.56 Ésta es una cuestión separada.
Sin embargo, la segunda versión de esta objeción puede ser aún más profunda. Esta objeción afirma que, en las sociedades postindustriales, hay que tener bastante afluencia para permitirse tener hijos.57 Si tomamos en cuenta a los hijos al calcular el PMR per cápita, podemos obtener resultados contraintuitivos. Tomemos dos parejas, A y B, cada pareja con su propia familia. Ambas familias tienen el mismo PMR, y ambas califican como clase media y, por lo tanto, como familias no ricas. Mientras que la familia A no alcanza el nivel de afluencia necesario para tener hijos y poder proporcionarles una vida decente, la familia B tiene cuatro hijos y un nivel de ingresos familiares netos muy superior al de la familia A. Si los padres de la familia B no hubieran tenido hijos, los padres de la familia B habrían sido calificados como ricos. Sin embargo, como en el cálculo del PMR de la familia B se deducen muchos gastos de cuidados infantiles y la renta familiar se considera como la de seis personas en lugar de la de dos, la familia B tampoco cuenta como rica. ¿No es profundamente contraintuitivo decir que la familia B no es rica, mientras que los padres de esa familia tienen claramente suficientes medios materiales para mantener a cuatro hijos?
Aunque el tirón de esta objeción está claro, creo que debemos resistirlo. La razón es que, con el propósito de determinar nuestro nivel de vida material, cada persona cuenta como un igual moral, incluidos los niños. La objeción de la fertilidad considera a los niños como objeto de las decisiones o elecciones de sus padres, del mismo modo en que los padres pueden decidir comprar un perro o un coche. Sin embargo, esta perspectiva viola la postura moral en la que los niños se consideran miembros de nuestra comunidad moral que cuentan en igualdad de términos cuando hacemos valoraciones per cápita, como en el caso de decidir quién cuenta como rico. Lo más que podemos decir de la familia B es que esta familia era rica antes de decidir tener hijos, o podría haber sido rica si hubiera decidido no tenerlos, pero ya no es rica después de tener sus cuatro hijos. Los hijos no forman parte del nivel de vida material que constituye nuestra afluencia, sino que son seres humanos adicionales entre los que hay que repartir esta afluencia.
Nótese también que la segunda versión de la objeción de la fertilidad llevaría también a resultados profundamente contraintuitivos si la aplicáramos al caso de los pobres. Supongamos que una familia pobre podría haberse mantenido justo por encima de la línea de pobreza si no hubiera tenido hijos. Pero seguramente la presencia de esos hijos no nos lleva a catalogar a esta familia como no pobre. Más bien, podemos creer que sus decisiones procreativas han sumido a esta familia en la pobreza, o creer que si los padres de esta familia hubieran decidido no tener hijos podrían haber seguido siendo no pobres. Pero éstas son afirmaciones claramente diferentes a la que sostiene que esta familia pobre debe ser considerada no pobre ya que la presencia de los hijos marca la diferencia entre la pobreza y la no pobreza.
6. ¿Una doctrina moral o política?
Hasta ahora, el argumento ha permanecido en silencio sobre la cuestión de si el limitarismo es meramente una doctrina moral o si también es política. La elección de una u otra supone una diferencia significativa. El limitarismo como doctrina meramente moral significa que tenemos el deber moral de no ser ricos. Si somos ricos, estamos violando una norma moral, pero no hay ningún poder coercitivo, como el Estado, que pueda obligarnos a cumplir la norma. El limitarismo como doctrina no sólo moral, sino también política, es mucho más radical porque implica que el Estado debería gravar cualquier dinero excedente que tengan las personas, o reformar las instituciones sociales y económicas de tal manera que nadie gane dinero excedente en primer lugar.58 ¿Debemos defender el limitarismo como una doctrina moral o como una doctrina política?
La respuesta a esta pregunta dependerá de la justificación que se dé del limitarismo. Si el fundamento del limitarismo descansara sobre una concepción de la vida buena propuesta por una ética de la virtud, entonces se podría argumentar que el limitarismo es simplemente una doctrina moral y no política. Sin embargo, las justificaciones que he desarrollado en este capítulo son justificaciones políticas, relacionadas con el valor de la igualdad democrática y con la justicia social y distributiva.
Con esto en mente, dado que el limitarismo es una regla distributiva de la justicia más que de la beneficencia o de las virtudes personales, hay, prima facie, razones para entender el limitarismo como una doctrina política. Después de todo, siguiendo a Rawls, la justicia se considera generalmente como la primera y más importante virtud de la sociedad, y si la justicia incluye el limitarismo (cualesquiera otras reglas distributivas que puedan aplicarse adicionalmente por debajo de la línea de riqueza), entonces el limitarismo debería ser una doctrina política.59 Una doctrina moral no sería suficiente, ya que como norma moral el limitarismo no es ejecutable y no podríamos tomar medidas coercitivas contra los que no cumplen con el deber limitarista.
Se podría objetar este argumento para considerar el limitarismo como una doctrina política apelando a preocupaciones por el incumplimiento. Hay que tener en cuenta que no todos los ciudadanos tendrán un sentido de justicia plenamente desarrollado, o no respaldarán la perspectiva de que la justicia es la primera virtud en la sociedad, siguiendo la objeción. Por lo tanto, se podría argumentar que, en circunstancias no ideales, el limitarismo como doctrina moral puede ser lo mejor que podemos esperar. Esto es compatible con la postura de que en la teoría ideal el limitarismo debería ser una doctrina política, por lo que el limitarismo como doctrina moral debería implementarse como un paso en la dirección del limitarismo como doctrina política. Aunque todo esto suena plausible, no parece una razón suficiente para renunciar al limitarismo como doctrina política: una doctrina no es una ley que un filósofo-dictador pueda aplicar, sino una perspectiva para la que el filósofo da los mejores argumentos que pueda idear. Desde esa perspectiva, el limitarismo tiene que ser una doctrina política y corresponde a los ciudadanos (uno de los cuales será el filósofo) tratar de convencer a sus conciudadanos de que es una doctrina para la que tenemos buenos argumentos.60
Una segunda objeción a considerar el limitarismo como una doctrina política y no como una doctrina moral se refiere a la preocupación que subyace a su justificación basada en el argumento de las necesidades urgentes insatisfechas. Dada esa justificación específica, podemos preguntarnos si esas necesidades urgentes insatisfechas se satisfarán mejor si el limitarismo se considera una doctrina política o moral. No se debe simplemente asumir que los gobiernos son más eficaces, o incluso igualmente eficaces, para satisfacer estas necesidades urgentes que los actores no gubernamentales. Ésta es una cuestión empírica. Sin embargo, en la medida en que las ONG, los desarrolladores de tecnología, las organizaciones y las comunidades sean más eficaces que los gobiernos para satisfacer estas necesidades urgentes, tendremos una razón para modificar nuestra concepción limitarista en lugar de abandonarla como una doctrina política. Se podría desarrollar una doctrina limitarista, según la cual las “donaciones deducibles” en la definición del ingreso modificado incluirían las donaciones monetarias a agentes no gubernamentales cuyo objetivo sea satisfacer estas necesidades urgentes. Si tenemos razones para creer que los agentes no gubernamentales son más eficaces que los gobiernos a la hora de satisfacer esas necesidades urgentes insatisfechas, entonces esta concepción modificada del limitarismo deja a los ricos la opción de contribuir a la satisfacción de las necesidades urgentes a través de agentes no gubernamentales (mediante donaciones deducibles de impuestos) o a través del gobierno (mediante impuestos).
Sopesando estos diversos argumentos, creo que el limitarismo debe defenderse como doctrina política. Por supuesto, esto no impide que se desarrolle simultáneamente una cultura de la donación entre los muy acomodados que no califiquen de ricos. También en este caso, el gobierno puede tomar medidas para crear y reforzar las normas sociales que acompañan a la norma moral encarnada en el limitarismo, apoyando y alabando públicamente la donación por parte de los casi ricos y a través de otros diversos mecanismos que están a disposición de un gobierno para crear y reforzar una norma social.61 Además, si consideramos que los gobiernos no son los únicos agentes de justicia,62 también podríamos esperar que los otros agentes de justicia que apoyan el limitarismo, independientemente del gobierno, tomen iniciativas para cambiar las normas sociales y las prácticas colectivas en direcciones que apoyen el limitarismo.
7. Dos objeciones contra el limitarismo
Se pueden plantear varias objeciones contra el limitarismo. Dadas las limitaciones de espacio, aquí abordaré las dos objeciones que a primera vista parecen ser las más contundentes.63
La primera objeción, la objeción de la desigualdad de oportunidades, sostiene que el limitarismo priva a las personas de la igualdad de oportunidades y, por lo tanto, debe ser rechazado. Esta objeción parte de la premisa normativa ampliamente compartida de que en una sociedad justa todos deben tener las mismas oportunidades.64 Si una persona decide renunciar al ocio para trabajar más, lo que genera un dinero excedente que puede utilizar para obtener artículos de lujo, entonces debería tener la oportunidad de hacerlo. El limitarismo crea desigualdad de oportunidades y, por lo tanto, debe ser rechazado.
Obsérvese que podría pensarse que se trata de una objeción de hombre de paja, ya que son las recompensas de determinadas oportunidades las que se retiran a los individuos, en lugar de las oportunidades mismas. Los ricos pueden seguir siendo directores generales de grandes empresas internacionales, pero ya no pueden ganar millones al año. La objeción sería que siguen teniendo la misma oportunidad (ser director general), pero no las recompensas asociadas a esa oportunidad. Sin embargo, utilizo aquí el término “oportunidad” en su sentido más rico, es decir, como estados de cosas particulares que ya no son accesibles a individuos concretos, debido a la imposición de la perspectiva limitarista. Lo importante no es sólo la reducción de los ingresos, sino también lo que se podría obtener con esos ingresos (actividades de ocio, bienes de lujo, símbolos de estatus, etc.). La objeción de la desigualdad de oportunidades se enfoca, por lo tanto, en los cambios comprehensivos en los conjuntos de oportunidades de los individuos que son causados por el limitarismo.
La objeción de la desigualdad de oportunidades está en lo correcto al afirmar que los que están en la cima de la sociedad verán reducidas sus oportunidades. Pero ése es el precio que pagamos por algo más importante, a saber, la ampliación de oportunidades para los grupos vulnerables y desfavorecidos, todos aquellos que se beneficiarán de las inversiones financieras para mejorar cualquiera de las tres condiciones empíricas que conforman las circunstancias del limitarismo. Los pobres del mundo se beneficiarán de las estrategias de reducción de la pobreza y verán ampliadas sus oportunidades para una vida mejor. Los desfavorecidos de las sociedades acomodadas se beneficiarán de políticas para reducir las desventajas, como la promoción de servicios de salud mental más accesibles, o políticas de vivienda para quienes carecen de un hogar. Quienes viven en zonas donde los daños del calentamiento global serán mayores, como los habitantes de las islas pequeñas o los grandes deltas, así como las personas que vivan en el futuro, verán aumentadas sus oportunidades de vivir sin los efectos nocivos del calentamiento global. Rechazo, pues, la objeción de la desigualdad de oportunidades porque en el mundo tan injusto y ecológicamente frágil en el que vivimos, el limitarismo reduciría algunas oportunidades para los más favorecidos, pero para aumentar las de aquellos con un rango más restringido de oportunidades iniciales. En una teoría ideal, el argumento de la desigualdad de oportunidades podría tener cierta fuerza,65 pero en las circunstancias no ideales en las que vivimos, el limitarismo nos acercaría a la igualdad de oportunidades, en lugar de alejarnos de ella.
La segunda objeción, la objeción del incentivo, comienza señalando que si el limitarismo se justifica con el argumento de las necesidades urgentes insatisfechas, entonces su objetivo no es castigar a los ricos, ya que no hay maldad moral en ser rico en sí mismo. Más bien, el objetivo es satisfacer las necesidades urgentes insatisfechas que se recogen en las tres condiciones que forman las circunstancias del limitarismo. Sin embargo, si la motivación última es satisfacer estas necesidades urgentes insatisfechas, ¿por qué no apoyar el principio de diferencia rawlsiano en una forma ligeramente modificada? Después de todo, si existe el deber moral de donar todo el excedente de ingresos, entonces hay un desincentivo muy fuerte para añadir al producto social después de que los ingresos de uno hayan alcanzado la línea de riqueza. Sin duda, la satisfacción de las necesidades urgentes no se ve favorecida si los ricos se enfrentan a un fuerte desincentivo para obtener unos ingresos superiores a la línea de riqueza en primer lugar. El principio de diferencia debilitaría este desincentivo, ya que permite a los ricos enriquecerse siempre que los pobres también se beneficien. En la teoría de Rawls, el principio de diferencia establece que en el diseño de las instituciones sociales y económicas básicas de la sociedad se permiten las desigualdades en los bienes sociales primarios siempre que beneficien al grupo más desfavorecido de la sociedad.66 Podría aplicarse un principio de diferencia modificado, no al diseño de las instituciones básicas, sino a la redistribución del ingreso, y sustituir los bienes primarios sociales por la métrica del ingreso modificado. ¿No serviría mejor esta regla distributiva para justificar en última instancia la defensa del limitarismo?
Esa conclusión no se sigue del todo. El limitarismo es agnóstico con respecto a la distribución por debajo de la línea de riqueza, como las desigualdades legítimas entre los no ricos, pero es más radical con respecto a lo que la justicia distributiva requiere en el extremo superior de la distribución. Según el principio de diferencia, una persona podría ser rica y tener un gran dinero excedente, pero de todo el dinero adicional que ganara, sólo una pequeña fracción tendría que ir a los más desfavorecidos. El principio limitarista no permitiría esto: todo el dinero excedente tendría que destinarse a las necesidades insatisfechas de los más desfavorecidos y desaventajados y a resolver problemas urgentes de acción colectiva. El limitarismo comparte con el principio de diferencia un fuerte objetivo redistributivo, pero ambos son distintos.
Sin embargo, el adversario del limitarismo puede intentar atacar desde otra vertiente. Tal vez la objeción del incentivo sea más profunda si se plantea directamente sin referencia al principio de diferencia. ¿Seguramente debe ser el caso que el limitarismo desincentiva fuertemente a los casi ricos a contribuir más a la creación del producto social trabajando más duro, innovando más inteligentemente y haciendo más negocios? La objeción aquí se refiere a la idea de la imposición óptima sobre la renta, como se le conoce en economía pública. El consenso entre los economistas públicos es que el llamado tipo impositivo marginal máximo óptimo, que es la tasa a la que se maximizan los ingresos fiscales totales, es de aproximadamente el 70%. Si se aumenta el tipo impositivo marginal máximo, los ingresos fiscales totales disminuyen. En la medida en que el limitarismo se considera una política fiscal (y no un ideal que debería guiar el diseño institucional previo a la distribución o los deberes de caridad), el limitarismo equivale a un tipo impositivo marginal máximo del 100%.
Esto supone un serio desafío para los argumentos desarrollados en este capítulo.67 El argumento democrático no se ve afectado por el hecho de que el tipo impositivo marginal máximo óptimo sea inferior al 100%, ya que el argumento democrático se preocupa por la igualdad política, no por la máxima recaudación fiscal que pueda utilizarse para satisfacer las necesidades urgentes insatisfechas. Por lo tanto, si sólo nos importa el valor de la igualdad política, no deberíamos bajar el tipo impositivo marginal máximo por debajo del 100% siempre y cuando se pueda demostrar que esto último conduce a una mayor igualdad política.
Por el contrario, el argumento de las necesidades urgentes insatisfechas podría verse significativamente socavado si el tipo impositivo marginal máximo óptimo es inferior al 100%. Dado que el valor de base es la satisfacción de las necesidades urgentes insatisfechas, lo racional, en tanto que una cuestión de política pública cuyo único interés es la satisfacción de las necesidades urgentes insatisfechas, es debilitar el limitarismo de manera que recaudemos el máximo de ingresos fiscales entre los ricos y los más ricos.
Lo primero que esta objeción muestra es que puede haber una tensión entre diferentes razones a favor del limitarismo. El argumento de las necesidades urgentes insatisfechas implicaría que deberíamos optar por el tipo impositivo óptimo, mientras que el argumento democrático preferiría renunciar a algunos ingresos fiscales si una aplicación ortodoxa del limitarismo protege mejor la igualdad política. Existe, pues, una cierta tensión entre los dos argumentos a favor del limitarismo que se han desarrollado en este capítulo. De ello se desprenden dos cosas. En primer lugar, tenemos que preguntarnos si hay otras razones a favor del limitarismo, de modo que podamos examinar si hay tensiones adicionales entre esos argumentos y sus implicaciones prácticas. En segundo lugar, en lo que respecta a la tensión entre el argumento de las necesidades urgentes insatisfechas y el argumento democrático, tenemos cuatro opciones. La primera es optar por una política fiscal que maximice los ingresos, junto con un conjunto de reformas institucionales que rompan los mecanismos que convierten el dinero en poder político. Tal vez las oportunidades desiguales de influencia política restantes en ese escenario ideal sean lo suficientemente pequeñas como para que no tengamos que preocuparnos. Ésta es una cuestión empírica que hay que investigar. La segunda opción sería sostener que la influencia política desigual sigue siendo importante, pero que atender las necesidades urgentes insatisfechas prevalece sobre el argumento democrático y, por lo tanto, elegir la política fiscal que maximice los ingresos. La tercera y la cuarta opción son simétricas a la primera y la segunda. En la tercera opción elegimos el limitarismo ortodoxo (un tipo impositivo marginal máximo del 100% por encima de la línea de la riqueza), que protege plenamente la igualdad política, y tratamos de satisfacer indirectamente las necesidades urgentes insatisfechas por medios distintos de las políticas fiscales como, por ejemplo, recurriendo a agentes no gubernamentales de la justicia o a emprendedores para que aborden los problemas de las necesidades urgentes insatisfechas. En la cuarta opción, mantenemos la opinión de que la satisfacción de las necesidades urgentes insatisfechas sigue siendo importante, pero que abordar la cuestión de la igualdad política está por encima de la satisfacción de las necesidades urgentes insatisfechas, y por ello nos sentimos justificados al optar por el tipo impositivo marginal máximo del 100%.
Si nos preocupamos más por satisfacer las necesidades urgentes insatisfechas que por el daño causado a la igualdad política debido a los efectos del dinero excedente, entonces la política fiscal que más se acerca al ideal limitarista sería un tipo impositivo máximo sobre la renta y el patrimonio que maximice los ingresos fiscales. Sin embargo, esto no debe considerarse como una derrota de la perspectiva limitarista. En primer lugar, el limitarismo como ideal moral no se vería afectado y deberíamos promover un ethos social entre aquellos que, después de los impuestos, todavía tengan dinero excedente, que los aliente a donar dicho excedente para satisfacer las necesidades urgentes insatisfechas. En segundo lugar, deberíamos investigar sistemas de incentivos no monetarios para evitar los efectos desincentivadores de los altos impuestos marginales sobre los ricos. En una cultura en la que el beneficio material no es el incentivo principal, las personas también podrían trabajar duro y con mayor esfuerzo en razón de los compromisos, de los retos que se han propuesto, o de gozos intrínsecos, la estima o el honor.
Concluyo que la objeción de la desigualdad de oportunidades no es exitosa, pero que la objeción del incentivo debería llevarnos a adaptar el limitarismo en tanto que aplicado a las políticas fiscales siguiendo un diseño de imposición óptima, esto en la medida en que ponderemos que el valor de la satisfacción de las necesidades urgentes insatisfechas es superior al detrimento de la igualdad política causado por el dinero excedente. Aun así, en ambos casos el limitarismo como principio moral permanece.
8. Limitarismo: un programa de investigación
En este capítulo, he presentado el limitarismo como una regla distributiva y he analizado dos argumentos a favor del limitarismo. A modo de conclusión, quiero destacar las principales limitaciones del limitarismo y señalar algunas cuestiones que deben ser abordadas en investigaciones posteriores y que requieren un análisis más profundo (además de las diversas cuestiones que ya se han mencionado a lo largo del capítulo).
En primer lugar, recordemos que argumenté a favor del limitarismo no intrínseco, mientras que he permanecido en silencio sobre la plausibilidad del limitarismo intrínseco. Queda por verse si pueden darse razones convincentes a favor del limitarismo intrínseco. Por ejemplo, ¿qué tan plausible es la perspectiva de que uno llevaría una vida mejor, o una vida más feliz, o una vida más virtuosa, si uno no se hiciera rico? Y ¿cómo se desarrollaría exactamente un argumento que apoyara tal afirmación?
En segundo lugar, hay varios supuestos en los argumentos desarrollados en este capítulo que creo que son plausibles, pero que posiblemente no haya argumentado con suficiente detalle. Estos supuestos deben ser analizados con más detenimiento, junto con sus implicaciones para la plausibilidad de la doctrina limitarista.
En tercer lugar, sería bueno saber exactamente en qué se diferencia la regla distributiva limitarista de otras reglas distributivas, como la igualdad de resultados, la igualdad de oportunidades, la suficiencia, la prioridad y el principio de diferencia rawlsiano. Muchas de estas reglas se han desarrollado de diversas maneras y sería necesario un análisis detallado de las diferencias entre el limitarismo y estas diversas reglas distributivas. Puede resultar que ciertas perspectivas limitaristas (es decir, ciertas especificaciones del limitarismo, incluyendo su justificación) sean reducibles a, o compatibles con, una postura distributiva ya existente. La mayoría de las normas distributivas existentes se centran específicamente en los beneficiarios, pero la versión particular del limitarismo que he defendido en este capítulo se centra igualmente en los que tienen obligaciones. Aunque la distinción entre beneficiarios y contribuyentes no siempre es fácil de hacer en las teorías de justicia distributiva, el hecho de que existan estas dos preocupaciones posibilita que algunas teorías de la justicia distributiva orientadas a los beneficiarios puedan complementarse con la regla limitarista. Esto debe analizarse en trabajos futuros. Una cuestión particular que requiere atención es cómo el limitarismo se relaciona con la concepción de la suficiencia en términos de un cambio en las razones que damos para preocuparnos por los beneficios por debajo y por encima del umbral, en lugar de la concepción más dominante de simplemente preocuparse por que todos tengan lo suficiente.68
Por último, puede observarse que hay más estudios sobre los ricos en la ciencia política empírica (en los debates sobre la oligarquía y la plutocracia),69 y sobre la medición de los ingresos superiores en la economía del bienestar, que en la filosofía política normativa. En mi opinión, sería útil que la filosofía política normativa se conectara firmemente con esos debates empíricos e introdujera una mayor atención a los ricos en las teorías de la justicia y la filosofía política normativa en general. Es muy probable que haya otras razones, además de las expuestas en este capítulo, por las que la distinción entre ricos y no ricos debería desempeñar un papel mucho más destacado en los argumentos normativos y en las teorías de la justicia en particular. La concepción del ingreso modificado de la riqueza desarrollada en este capítulo puede utilizarse para una amplia gama de afirmaciones referidas a la riqueza, y el principio del limitarismo puede combinarse con otros principios de justicia orientados a los beneficiarios o con reglas distributivas sobre las partes de la distribución que se encuentran por debajo de la línea de riqueza.
Evidentemente, habrá otras concepciones de la riqueza y otras justificaciones del limitarismo. He defendido una concepción particular de la riqueza y he argumentado a favor del limitarismo como doctrina política con base en el argumento democrático y en el argumento de las necesidades urgentes insatisfechas, aunque he concedido que el argumento de las necesidades urgentes insatisfechas nos obligaría a debilitar el limitarismo en el ámbito fiscal y transformarlo en un conjunto de políticas que maximicen los ingresos fiscales entre los ricos. De cualquier modo, aún está por verse si esta concepción del ingreso modificado es la mejor concepción de la riqueza, y si el argumento democrático y el argumento de las necesidades urgentes insatisfechas son los mejores argumentos a favor del limitarismo.
Agradecimientos
Estoy muy agradecida por las provechosas discusiones con las audiencias de la 2012 EIPE Graduate Conference en Róterdam, la 2012 Society for Applied Philosophy Conference, la Conferencia Anual OZSE 2012, las Reuniones de 2013 de la Economics Ethics Network, el 2013 Utrecht-Nijmegen Workshop in the History and Philosophy of Economics, la 2014 Conference on Ideals and Reality in Social Ethics, la 2014 NOMOS meeting, y en los seminarios en el Oxford Center for the Study of Social Justice, la Universidad de Ámsterdam, la Universidad de Leiden, la Universidad Católica de Lovaina, el London School of Economics, la Universidad de Utrecht, la Universidad de Victoria, la Universidad de York, y el Center for Ethics in Society de la Universidad de Stanford. Me he beneficiado de comentarios de más gente de la que puedo enlistar aquí, pero quisiera expresar mi gratitud a todos ellos, y en particular a Joel Anderson, Constanze Binder, Simon Caney, Rutger Claassen, Bart Engelen, Jim Johnson, Chandran Kukathas, Sem de Maagt, Avishai Margalit, Colin Macleod, Roland Pierik, Gijs van Donselaar, Debra Satz, Erik Schokkaert, Melissa Schwartzberg, Liam Shields, Zosia Stemplowska, Laura Valentini, Bruno Verbeek, Nicholas Vrousalis, y Lea Ypi. Este capítulo fue publicado originalmente en Jack Knight and Melissa Schwartzberg (Eds), Wealth. NOMOS LVIII. Nueva York: New York University Press, pp. 1–44.
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1 Anderson (2010, 81).
2 En la publicación original en inglés, los conceptos “wealth” y “riches” se utilizan de manera intercambiable. En esta traducción, hemos decidido utilizar únicamente el concepto “riqueza” para traducir ambos términos [N.d.T.].
3 Por el contrario, las teorías del punto de partida, como la teoría del justo título de Robert Nozick (1991), esbozan procedimientos justos en un contexto de adquisición inicial justa y, por lo tanto, son más difíciles de aplicar a circunstancias no ideales, ya que la adquisición inicial justa casi nunca es posible.
4 Por ejemplo, Frankfurt (1987); Anderson (1999); Wolff y De-Shalit (2007).
5 Arneson (2013). Liam Shields (2012) ha ofrecido una interpretación alternativa del suficientarismo que, en pocas palabras, implica que hay razones importantes para asegurar lo suficiente y, una vez que se ha alcanzado ese umbral, las razones para asegurar más beneficios cambian. La propuesta de Shields no es una perspectiva estándar del suficientarismo y, por lo tanto, debido a las limitaciones de espacio, no se analizará más a fondo en este capítulo.
6 En este capítulo, los términos “acomodado” y “afluencia” se refieren a cualquier persona que no sea pobre o a cualquier estado en el que se esté por encima de la línea de pobreza, respectivamente. Una persona acomodada puede ser rica o no rica. El término “clase media” se refiere a aquellos que son acomodados, pero no ricos.
7 Piketty (2014); véase también Piketty y Saez (2003); Atkinson y Piketty (2007); Alvaredo, Atkinson, Piketty y Saez (2013).
8 Mankiw (2013).
9 Mankiw (2013, 22).
10 Holland (2014, 142).
11 Overall (2012).
12 Véase, por ejemplo, O’Neill (2008); Hausman & Waldren (2011)
13 Para las investigaciones empíricas que sugieren que la riqueza material elevada está asociada a un bienestar psicológico bajo, véase, por ejemplo, Pittman (1985); Csikszentmihalyi (1999).
14 Sobre el valor de la democracia y la noción de “igualdad política”, véase, por ejemplo, Beitz (1989); Knight & Johnson (1997); Christiano (2008).
15 Christiano (2012, 241–45).
16 Christiano (2012, 245).
17 Stedman Jones (2012).
18 Christiano (2012, 250); véase también Christiano (2010).
19 Walzer (1983).
20 Machin (2013).
21 Se puede aplicar una excepción y es la pregunta de si los gobiernos (a diferentes niveles, desde el local hasta las organizaciones globales cuasi gubernamentales como la ONU) serían capaces de abordar los tres tipos de necesidades insatisfechas con eficacia, si sólo tuvieran los fondos. En los llamados estados fallidos o en los países que tienen gobiernos muy corruptos, es posible que no se cumplan las condiciones. En estos casos, puede darse el caso de que las iniciativas privadas de los individuos ricos sean más eficaces para satisfacer las tres categorías de necesidades urgentes insatisfechas.
22 Ejemplos de intervenciones de desarrollo que dependen de los recursos y contribuyen a la reducción de la pobreza son los planes de microcréditos o la Ley Nacional de Garantía del Empleo Rural de la India. El caso más claro de una intervención de desarrollo que depende en gran medida de los recursos es el de una renta básica incondicional, o el de las ayudas incondicionales a la infancia o las pensiones a la tercera edad que existen, por ejemplo, en Sudáfrica.
23 Véase, por ejemplo, Wolff y de-Shalit (2007).
24 Véase, por ejemplo, Gardiner, Caney, Jamieson y Shue (2010); PNUD, (2011); Broome (2011).
25 Scanlon (2003, 285).
26 Singer (1972).
27 Para un debate reciente, véase Sønderholm (2013). Véase también Cullet (2004).
28 Casal (2016, 284).
29 Sen (1983).
30 Goodman, Johnson y Webb (1997, 231).
31 Sen (1983).
32 Rowlingson & McKay (2011).
33 Por supuesto, hay que reconocer que la investigación empírica se enfrenta a menudo a limitaciones de información y tiene que hacer simplificaciones.
34 Para los argumentos sobre por qué las métricas de la justicia deben ser objetivas, véase Anderson (2010, 85–87).
35 Véase Sen (1983); Sen, (1987); Sen, (1985). Para las estimaciones empíricas que demuestran que las personas con discapacidades necesitan muchos más recursos para alcanzar el mismo nivel de afluencia, véase Kuklys (2006).
36 Sobre el gusto caro, véase Dworkin (1981a).
37 Mantenemos los elementos del cálculo del PMR como en el inglés original [N.d.T.].
38 Por supuesto, la parte de estos gastos que ya cubren el empleador o el gobierno no debería deducirse, excepto si se han añadido primero al YG.
39 Influidos por el enfoque de las capacidades, los economistas han desarrollado nuevas medidas de pobreza que tienen como métrica distintos funcionamientos, como la Medición Multidimensional de la Pobreza, que fue desarrollada por Alkire & Foster (2011).
40 Los funcionamientos negativos son funcionamientos con un valor negativo: uno está mejor sin esos funcionamientos. Algunos ejemplos son padecer dolor, sufrir depresión y la violación de la integridad corporal.
41 Introducir una noción de responsabilidad es muy importante. Hacerlo descarta los reclamos de una persona que elige y/o se identifica con una religión que limitaría severamente su capacidad de convertir el dinero en funcionamientos. También es necesario para dar una respuesta sólida a un multimillonario criminal en la cárcel que podría alegar que no es capaz de florecer plenamente en su vida y que, por tanto, no cuenta como rico.
42 Se trata de la “Escala OCDE modificada”, muy conocida entre los economistas del bienestar y los estudiosos que trabajan con estadísticas de ingresos.
43 Por ejemplo, las escalas de equivalencia de los hogares utilizadas por EUROSTAT (la oficina estadística de la Unión Europea) son de 1.0 para el primer adulto de un hogar, 0.4 para cualquier miembro adicional del hogar de 14 años o más, y 0.3 para cada niño menor de 14 años. Si un hogar compuesto por dos adultos y dos niños menores de 14 años gana en total 80,000 euros, entonces la renta per cápita (media) del hogar sería de 80,000 dividida entre 4 = 20,000 euros, mientras que utilizando las escalas de equivalencia de EUROSTAT la renta equivalente del hogar sería de 80,000 dividida entre (1.0+0.4+0.3+0.3), lo que supone 80,000 dividido entre 2.0= 40,000. Por tanto, las escalas de equivalencia pueden suponer una gran diferencia.
44 Este supuesto puede ser criticado, ya que sabemos por estudios empíricos que los ingresos del hogar no se reparten por igual entre todos los miembros. Véase, por ejemplo, Woolley y Marshall (1984). Sin embargo, el supuesto alternativo, que consiste en asumir que no se comparten los ingresos dentro del hogar, sería aún más irreal.
45 Becker (1981).
46 Casal y Williams (1995).
47 Robeyns (2016).
48 Sobre la selección de capacidades con fines de justicia, véase Nussbaum (2006); Anderson (1999); Claassen y Düwell (2013).
49 Alkire (2007); Robeyns (2006).
50 El espacio no me permite defender ese punto de vista aquí, pero para una defensa de esta forma de pensar en la justicia, véase Forst (2012).
51 Por ejemplo, Breena Holland (2014) ofrece un análisis teórico empíricamente informado de las condiciones sustantivas que deben cumplir dichas deliberaciones en el contexto de las capacidades que deben ser protegidas por la regulación ambiental.
52 Robeyns (2005, 2006).
53 Broome (2012).
54 Véanse, por ejemplo, las afirmaciones relacionadas con la huella ecológica, o Broome (2012).
55 Agradezco a Zofia Stemplowska y a Andrew Williams por haber planteado estas objeciones.
56 Véase, por ejemplo, Conly (2005); Overall (2012).
57 La afirmación de que criar a los hijos es costoso está respaldada por pruebas empíricas. Véase Folbre (2008).
58 Tal vez si las sociedades se reformaran según las líneas de las “democracias de propietarios”, éste podría ser el caso. Para una introducción a la idea de una democracia de propietarios, véase O’Neill y Williamson (2012).
59 Rawls (2012).
60 Walzer (1981).
61 Bicchieri (2006).
62 Weinberg (2009).
63 Otra objeción importante es que todo el enfoque desarrollado en este capítulo, que examina los efectos de la riqueza (y, por lo tanto, tiene un fuerte sabor consecuencialista), es erróneo. Más bien, deberíamos analizar si los ricos deberían tener derecho a su riqueza investigando si la merecen. Esta objeción no se abordará aquí, ya que requiere un artículo propio.
64 Dworkin (1981b).
65 Aunque incluso en un mundo en el que todos cumplen los principios de justicia, la igualdad de oportunidades a lo largo de la vida puede ser un ideal difícil de alcanzar y puede que tengamos que replantearnos el rechazo a la igualdad de resultados que se produjo en la teoría política durante las dos últimas décadas. Véase, entre otros, Phillips (2004) y Chambers (2009).
66 Rawls (2012, 64–68).
67 Agradezco a John Quiggin por insistirme en este punto.
68 Sobre la interpretación alternativa del suficientarismo, véase Shields (2012).
69 Véase, por ejemplo, Hacker & Pierson (2010) y Winters (2011).